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N° 40495/26 Aviso del Boletín Oficial

AGRORADAR S.R.L.

Convocatorias y Avisos Comerciales AVISOS COMERCIALES viernes, 12 de junio de 2026

Texto del aviso

AGRORADAR S.R.L.

Sociedad sin CUIT. La publicación se efectúa con el objeto de regularizar el funcionamiento de dicha persona

jurídica ante IGJ y/o ARCA. La sociedad inscripta en la IGJ el 11/6/24 bajo el N° 5997 Libro 172 de SRL, con sede

social en Gamarra 1822 CABA, hace saber por 1 día que por Esc.98 del 9/6/26 Registro 1134 CABA, los socios

Pablo Hernán Legna, DNI 22.500.861, domiciliado en Olleros 2373 piso 6 depto.A, CABA; Federico Roberto

Mahieu, DNI 27.195.007, domiciliado en Av.Bernabe Marquez 2521, Pablo Podestá, Prov.Bs.As.; y Juan Ignacio

Cigliutti, DNI 31.292.982, domiciliado en Manuel Artigas 5196 piso 13 depto.C, CABA; resolvieron adoptar el

procedimiento de cancelación sin liquidación por inactividad previsto en el art.162 de la Res.Gral.IGJ 15/2024,

habiendo declarado bajo juramento que desde la fecha de inscripción de su constitución en la IGJ la sociedad

se mantuvo ininterrumpidamente encuadrada en las condiciones negativas indicadas en el apartado I del citado

artículo, esto es que: a) Luego de su inscripción la sociedad no inició ningún otro trámite registral ni presentó

estados contables; b) No cumplió con la inscripción y/o presentación de ninguna especie a los fines de ningún

régimen tributario o de contribuciones a la seguridad social que pudiera serle aplicable ni, en general, haya

invocado y/o hecho valer las estipulaciones del contrato social a ningún efecto o efectuado presentaciones

de ningún tipo a las que puedan atribuirse tales alcances; y c) No es titular de bienes registrales. Asimismo

manifestaron que: 1.La sociedad no realizó operación alguna; 2.Los aportes efectuados fueron efectivamente

restituidos; y 3.No pesa contra la sociedad ni contra sus socios, por su condición de tales, ninguna acción judicial.

Los socios asumieron expresamente la responsabilidad ilimitada y solidaria y renunciaron a invocar el régimen de

responsabilidad y el beneficio de excusión por las eventuales obligaciones que pudieran haber sido contraídas

por cualquiera de ellos, aun en violación al régimen de administración y representación establecidos legal y/o

contractualmente. Se designó para la conservación de la documentación que expedirá la IGJ (instrumento de

cancelación y original del contrato social anotado marginalmente con la cancelación de su inscripción originaria)

por el término previsto en el art.328 C.C.C.N., a Pablo Hernán Legna con domicilio a esos fines en Olleros 2373

piso 6 depto.A, CABA.

Autorizado según instrumento público Esc. Nº 98 de fecha 09/06/2026 Reg. Nº 1134

María del Rosario Etchepare - Matrícula: 4917 C.E.C.B.A.

e. 12/06/2026 N° 40495/26 v. 12/06/2026