N° 40669/26 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 9 - SECRETARÍA NRO. 17
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 9 - SECRETARÍA NRO. 17
El Juzg. Nac. de 1ra. Instancia en lo Comercial N° 9 a cargo del Dr. Javier Cosentino, Sec. N° 17 a mi cargo,
sito en M. T. de Alvear 1840, Piso 4º CABA, hace saber por cinco días que con fecha 1.6.26 en los autos “LAS
DOÑAS 2010 S.R.L. S/QUIEBRA” (Exp. Nro. 4145/2026) se decretó la quiebra de LAS DOÑAS 2010 S.R.L.(C.U.I.T.
Nro. 30-71140960-9) inscripta en el Registro Público de Comercio a cargo de la Inspección General de Justicia
bajo el nro. 3067 del L° 133 de sociedades de responsabilidad limitada con fecha 13.4.10, con domicilio en Av.
Federico Lacroze 3379 5° “A” de ésta Ciudad. Hasta el 14.8.26 podrán los acreedores con asistencia letrada
ingresar digitalmente sus insinuaciones junto con toda la documentación respaldatoria en el inc. Nro. 1, a cuyo
fin deberán dar estricto cumplimiento a lo dispuesto con fecha 1.6.26 a lo que se remite (v. pto. II ap. “i”). En
tal inc. deberán también formularse digitalmente las observaciones que se formulen en los términos del art.
34 LCQ y sus contestaciones según lo autorizado en dicho decisorio. El arancel previsto en el art. 32 LCQ
deberá abonarse por transferencia a la cuenta identificada con CBU 02900124100 00003128557 de titularidad
de Sebastián Elías Sánchez (CUIT 20258635699). A los fines de presentar su solicitud de verificación en soporte
papel los acreedores que no cuente con asistencia letrada deberán solicitar turno a la síndico Melina Cerda
Zolezzi con domicilio en la Av. San Martin 6964, PB Depto “A” CABA y tel. -11-5956-0399- mediante el envío de
mail a la dirección oksindico@gmail.com. A tal fin deberán dar estricto cumplimiento a las pautas fijadas en el
pto. II ap. “i” del decisorio de fecha 1.6.26 a lo que se remite. La síndico presentará los informes que disponen
los arts. 35 y 39 los días 28.9.26 y 11.11.26 -respectivamente-. La fecha para dictar el auto verificatorio vence el
14.10.26. La audiencia de explicaciones se llevará a cabo el 2.11.26 a las 11:00 hs. en la sala de audiencias del
tribunal. Se intima a la fallida y a 3ros. para que entreguen al síndico los bienes del deudor que tengan en su
poder y se hace saber la prohibición de hacerle pagos, bajo apercibimiento de declararlos ineficaces. Intímese
al deudor y a sus administradores para que dentro de las 48 hs. cumplan los requisitos a previstos por el art. 86
LCQ y constituyan domicilio procesal en esta jurisdicción, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los
estrados del Juzgado. Buenos Aires, 10 de junio de 2026.-
JAVIER COSENTINO Juez - CLAUDIO MARJANOVIC TELEBAK SECRETARIO
e. 12/06/2026 N° 40669/26 v. 19/06/2026