N° 43761/26 Aviso del Boletín Oficial
LAMP INVESTMENTS S.A.
Texto del aviso
LAMP INVESTMENTS S.A.
CUIT 30715469746. Por acta de Directorio N° 20 del 06/06/2019 y acta de Asamblea General Ordinaria y
Extraordinaria N° 7 del 06/06/2019 se resolvió modificar el artículo 3° del Estatuto Social del siguiente modo:
“ARTÍCULO TERCERO: La Sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia y/o a través de, y/o conjuntamente
con, y/o asociada a, terceros de carácter público o privado, en la República o en el exterior, las siguientes
actividades: Negocios inmobiliarios: La compraventa de inmuebles, su permuta, locación, leasing, subdivisión
o loteo, la construcción de edificios o su refacción y reciclado, la administración de inmuebles urbanos o
rurales, y operaciones comprendidas en la ley de Propiedad Horizontal. Administradora Fiduciaria: Actuar como
Administradora Fiduciaria en desarrollos inmobiliarios, todo ello en los términos del artículo 1673 y concordantes
del Código Civil y Comercial de la Nación. Quedan excluidas todas las operaciones contempladas en la Ley
de Operaciones Financieras u otros por los que se requiera concurso público. A tal fin la Sociedad tiene plena
capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por
las leyes o por este Estatuto. Comerciales: diseño, construcción, financiamiento, mantenimiento, administración y
explotación comercial, de proyectos de infraestructura de iniciativa e interés público y/o privado, a instrumentarse
bajo cualquier modalidad, incluyendo pero no limitándose a espacios públicos, infraestructuras polifuncionales
con capacidad para el desarrollo y explotación comercial de actividades culturales, deportivas, de esparcimiento
o de cualquier otro tipo, y sus actividades y negocios relacionados o conexos tales como gastronómicos,
estacionamiento, planeamiento urbano aledaño a la locación, entre otros. Cobranzas e Intermediación: Explotación
de servicios como agente autorizado para la cobranza de facturas y servicios públicos y privados, así como
también la realización de envíos de dinero por cuenta y orden de terceros. A tales fines, la Sociedad tiene plena
capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por
las leyes o por este Estatuto”. Por acta de Directorio N° 22 del 31/10/2019 y acta de Asamblea General Ordinaria
y Extraordinaria de fecha 26/11/2019 se resolvió (i) aumentar el capital social en la suma de $ 1.500.000, es
decir, de $ 1.000.000 a $ 1.600.000, emitiéndose 1.500.000 acciones nominativas no endosables de $ 1 cada
una y con derecho a 1 voto por acción, conforme se detalla a continuación: Orinus S.A.S. suscribió e integró
146.592 acciones, Matsuri S.A.U. suscribió e integró 542.608 acciones, Alejandro Montagna suscribió e integró
235.040 acciones, Ignacio Montagna suscribió e integró 235.041 acciones, Eugenio Gabriel Bory suscribió e
integró 235.041 acciones y Carlos Marcarian suscribió e integró 105.678 acciones; y (ii) reformar el Artículo 4
del Estatuto, del siguiente modo: “ARTÍCULO CUARTO. El capital se fija en la suma de un millón seiscientos mil
pesos ($ 1.600.000), representado por un millón seiscientas mil acciones ordinarias de un peso ($ 1) valor nominal
cada una. El capital social puede ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta el quíntuplo de su
monto conforme al artículo 188 de la Ley 19.550. Todo aumento de capital se elevará a escritura pública, en cuya
oportunidad se abonará el impuesto de sellos que corresponda, debiendo publicarse e inscribirse en el Registro
Público de Comercio y ser comunicado al organismo de contralor”. Autorizado según instrumento privado Acta
de Directorio N° 54 de fecha 23/04/2026
Federico Raul Sabignoso - T°: 109 F°: 330 C.P.A.C.F.
e. 24/06/2026 N° 43761/26 v. 24/06/2026