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N° 43761/26 Aviso del Boletín Oficial

LAMP INVESTMENTS S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS miércoles, 24 de junio de 2026

Texto del aviso

LAMP INVESTMENTS S.A.

CUIT 30715469746. Por acta de Directorio N° 20 del 06/06/2019 y acta de Asamblea General Ordinaria y

Extraordinaria N° 7 del 06/06/2019 se resolvió modificar el artículo 3° del Estatuto Social del siguiente modo:

“ARTÍCULO TERCERO: La Sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia y/o a través de, y/o conjuntamente

con, y/o asociada a, terceros de carácter público o privado, en la República o en el exterior, las siguientes

actividades: Negocios inmobiliarios: La compraventa de inmuebles, su permuta, locación, leasing, subdivisión

o loteo, la construcción de edificios o su refacción y reciclado, la administración de inmuebles urbanos o

rurales, y operaciones comprendidas en la ley de Propiedad Horizontal. Administradora Fiduciaria: Actuar como

Administradora Fiduciaria en desarrollos inmobiliarios, todo ello en los términos del artículo 1673 y concordantes

del Código Civil y Comercial de la Nación. Quedan excluidas todas las operaciones contempladas en la Ley

de Operaciones Financieras u otros por los que se requiera concurso público. A tal fin la Sociedad tiene plena

capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por

las leyes o por este Estatuto. Comerciales: diseño, construcción, financiamiento, mantenimiento, administración y

explotación comercial, de proyectos de infraestructura de iniciativa e interés público y/o privado, a instrumentarse

bajo cualquier modalidad, incluyendo pero no limitándose a espacios públicos, infraestructuras polifuncionales

con capacidad para el desarrollo y explotación comercial de actividades culturales, deportivas, de esparcimiento

o de cualquier otro tipo, y sus actividades y negocios relacionados o conexos tales como gastronómicos,

estacionamiento, planeamiento urbano aledaño a la locación, entre otros. Cobranzas e Intermediación: Explotación

de servicios como agente autorizado para la cobranza de facturas y servicios públicos y privados, así como

también la realización de envíos de dinero por cuenta y orden de terceros. A tales fines, la Sociedad tiene plena

capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por

las leyes o por este Estatuto”. Por acta de Directorio N° 22 del 31/10/2019 y acta de Asamblea General Ordinaria

y Extraordinaria de fecha 26/11/2019 se resolvió (i) aumentar el capital social en la suma de $ 1.500.000, es

decir, de $ 1.000.000 a $ 1.600.000, emitiéndose 1.500.000 acciones nominativas no endosables de $ 1 cada

una y con derecho a 1 voto por acción, conforme se detalla a continuación: Orinus S.A.S. suscribió e integró

146.592 acciones, Matsuri S.A.U. suscribió e integró 542.608 acciones, Alejandro Montagna suscribió e integró

235.040 acciones, Ignacio Montagna suscribió e integró 235.041 acciones, Eugenio Gabriel Bory suscribió e

integró 235.041 acciones y Carlos Marcarian suscribió e integró 105.678 acciones; y (ii) reformar el Artículo 4

del Estatuto, del siguiente modo: “ARTÍCULO CUARTO. El capital se fija en la suma de un millón seiscientos mil

pesos ($ 1.600.000), representado por un millón seiscientas mil acciones ordinarias de un peso ($ 1) valor nominal

cada una. El capital social puede ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta el quíntuplo de su

monto conforme al artículo 188 de la Ley 19.550. Todo aumento de capital se elevará a escritura pública, en cuya

oportunidad se abonará el impuesto de sellos que corresponda, debiendo publicarse e inscribirse en el Registro

Público de Comercio y ser comunicado al organismo de contralor”. Autorizado según instrumento privado Acta

de Directorio N° 54 de fecha 23/04/2026

Federico Raul Sabignoso - T°: 109 F°: 330 C.P.A.C.F.

e. 24/06/2026 N° 43761/26 v. 24/06/2026