N° 43764/26 Aviso del Boletín Oficial
SUMAR FINANZAS DEL PLATA S.R.L.
Texto del aviso
SUMAR FINANZAS DEL PLATA S.R.L.
Escritura 175 del 22/6/2026 Registro 1912 CABA. Rodrigo Carlos CASAL, argentino, 29/8/1979, soltero,
empresario, DNI 27687830, Colon 446, Quilmes, Pcia Bs As y Andrés Ariel BUCALON, argentino, 22/4/1991,
soltero, empresario, DNI 36154815 domicilio en Alberti 1256 piso 2 departamento A CABA.SUMAR FINANZAS
DEL PLATA SRL por 99 años.Objeto: Afianzar obligaciones contractuales y conceder créditos para la financiación
de la compra o venta de bienes muebles, inmuebles, de consumo corriente y préstamos personales, todos
ellos con o sin garantías reales o personales. Otorgar todo tipo de garantías, tales como aval, fianza, obligación
solidaria, hipoteca, prenda o fideicomiso, ya sea para garantizar obligaciones propias o de terceros en los que la
Sociedad tenga un interés o participación o con los que la Sociedad guarde alguna relación de negocios o una
relación comercial. Conceder, promover y administrar préstamos o contratos de crédito de cualquier tipo y realizar
todo otro tipo de operación financiera que la legislación autorice que no esté reservada en exclusividad para las
sociedades comprendidas en la Ley N° 21.526 –y sus modificatorias y reglamentaciones- y toda otra por la que
se requiera ahorro público y una autorización de autoridad pública; emitir, descontar, comprar y vender letras
de cambio, pagarés, obligaciones negociables, facturas, cheques, y otros títulos valores o valores negociables
típicos o atípicos; realizar operaciones de derivados sólo con finalidad de cobertura; realizar operaciones de
leasing financiero; realizar operaciones en el mercado de capitales o fuera del ámbito de bolsas o mercados de
valores autorizados, en la medida de que no se trate de actividades prohibidas o sin obtener –en su caso- la
autorización de la Comisión Nacional de Valores. Efectuar aportes o inversiones de capital, constituciones y
transferencias de hipotecas, y demás derechos reales e inversiones, compra y otorgamiento de créditos.- La
sociedad no realizará operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras ni aquellas para las cuales
se requiera concurso público. Establecer servicios de atención al cliente y/o cobranza judicial y extrajudicial y/o
plataformas tecnológicas y/o aplicaciones que permitan implementar o dar apoyo a sus actividades financieras.
Prestación de servicios de verificación, fiscalización, determinación y gestión de cobranza extrajudicial o judicial,
que deben realizar persones físicas y jurídicas en cumplimiento de Leyes Nacionales, en concepto de aportes y
contribuciones de los Sistemas de Prevención Social y de las Obras Sociales, Cuotas Sindicales, pago de cuotas
de los Contratos de la Ley de Riesgo del Trabajo, servicios o cualquier otro tipo de deuda pública o privada
contraída con Entes, Empresas o Sociedades Públicas, Privadas o Mixtas. Realizar gestiones de cobranzas y/o
de pagos y aceptar y ejecutar mandatos para realizar y recibir cobranzas y/o pagos por cuenta y orden y/o a
nombre de terceros a través de sistemas de transferencia electrónica por Internet y/o cualquier otro medio de
pago. Ejercer toda clase de mandatos, comisiones, representaciones y gestiones de negocios relacionadas con
el objeto. Para el cumplimiento de sus fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y
contraer obligaciones. La sociedad no realizará actividades reservadas a profesionales de Ciencias Económicas
y/o abogados. Todas las actividades que así lo requieran serán realizadas por profesionales con título habilitante
para ello. Capital:$ 1.000.000 dividido en Cien Mil cuotas de $ 10 suscriptas asi: Rodrigo Carlos CASAL suscribe
90.000 cuotas y Andrés Ariel BUCALON suscribe 10.000 cuotas. Cierre: 31/5.Fiscalizacion a cargo de los socios.
gerencia: 1 o mas, socios o no, por vigencia social. GERENTE: Andrés Ariel BUCALON, domicilio especial y
SEDE SOCIAL en Riobamba 429 oficina 801 CABA. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 175 de fecha
22/06/2026 Reg. Nº 1912 CABA
Matias Hernan Torres - T°: 112 F°: 280 C.P.A.C.F.
e. 24/06/2026 N° 43764/26 v. 24/06/2026