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N° 45751/26 Aviso del Boletín Oficial

FINANCAL S.R.L.

Convocatorias y Avisos Comerciales AVISOS COMERCIALES miércoles, 1 de julio de 2026

Texto del aviso

FINANCAL S.R.L.

30711779694. Por resolución unánime de reunión de socios de fecha 27 de febrero de 2026, se resolvió la

transformación de FINANCAL S.R.L. en Sociedad Anónima, pasando a denominarse FINANCAL S.A., en los

términos de los artículos 74 a 81 de la Ley General de Sociedades N° 19.550. Socios: EMANUEL GUILLERMO

ESTEVEZ GRECO, argentino, nacido 12/01/1977, soltero, DNI 25568895, CUIT 20255688953, empresario,

domiciliado en Los Talas 301 – lote 387, Gral. Pacheco, Tigre, Prov. De Buenos Aires; ERNESTO EDUARDO

GRECO, argentino, nacido el 15/09/1953, soltero, DNI 11018827, CUIT 20110188278, empresario, domiciliado en

Pte. Perón 10.298 UF 235 Club de Campo Los Pingüinos, Ituzaingó, Prov. De Buenos Aires; y MARÍA CRISTINA

ROMERO, argentina, nacida el 25/09/1952, soltera, DNI 10400879, CUIT 27104008793, empresaria, domiciliada

en Pte. Perón 10.298 UF 235 Club de Campo Los Pingüinos, Ituzaingó, Prov. De Buenos Aires. Duración: 99

años contados desde la fecha del acta de transformación. Objeto social: La sociedad tiene por objeto dedicarse

por cuenta propia, de terceros o bien asociada con terceros en cualquier parte de la República o del extranjero,

a las siguientes actividades: FINANCIERA: Mediante el otorgamiento de préstamos con fondos propios, con

garantía, incluso real, o sin ella, a corto o largo plazo, para la financiación de todo tipo de operaciones y negocios

realizados o a realizarse, en favor, de personas o sociedades existentes o a constituirse y de cualquier tipo social.

Otorgamiento de préstamos personales o de consumo, o para la adquisiciones de bienes registrables, con fondos

propios, pagaderos para la adquisición de bienes de uso o de consumo corrientes o sin propósito específico,

pudiendo incorporar la utilización de libretas o bonos de consumo privado, órdenes de compra, tarjetas cerradas

y/o abiertas de compra o crédito y prepagas o de cualquier otra modalidad posible y otros instrumentos de

compra o financiación inclusive electrónicos, utilizables ante comercios en general o adheridos a un sistema

común dentro de los límites de la ley 25.065 o en redes electrónicas de cash in y cash out; actividades de factoring

o leasing y la prestación de servicios relacionados con las actividades descriptas. Desarrollo y explotación de

aplicaciones o de plataformas on line o en línea para la ejecución de las actividades de la sociedad por esta

vía. La sociedad no realizará las operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras ni aquellas

para las cuales se requiera el concurso o ahorro público. PROCESAMIENTO: Procesamiento de cobranzas y

pagos de todo tipo, para sí y por cuenta y orden de terceros, en forma directa o a través del uso de billeteras

virtuales, plataformas o dispositivos de cualquier tipo, con herramientas de procesamiento propias o mediante

convenios con terceros y mediante el uso de medios de pago masivos, de única vez, recurrentes, de débito en

cuenta, medios físicos o cámaras de compensación; compensación electrónica, dentro del marco de las normas

vigentes. Desarrollo de medios de pago de cualquier naturaleza y mecanismos de cobranza. Procesamiento de

información y datos involucrados en el servicio de compensación electrónica de medios de pago. Captura de

transacciones sobre medios físicos o virtuales. Servicios electrónicos e informáticos. Desarrollo y administración

de software para actividades de interconexión y autorización de operaciones, verificación, actualización de

información y administración de mensajería. MANDATARIA Y SERVICIOS: Mediante la administración de activos

de terceros en cualquiera de las posibilidades previstas por la ley vigente, gestión de negocios y comisión

de mandatos en general y por consignación. La gestión de cobranza a terceros por la venta de productos o

servicios de cualquier naturaleza sea esta de carácter regular, judicial o extrajudicial, su administración y control

sea que ello se verifique directamente por la sociedad o mediante la subcontratación de personas o empresas

especializadas, pago de servicios por cuenta y orden de terceros pudiendo operar con dinero efectivo, bienes

o medios electrónicos. Prestación o comercialización por cuenta propia o de terceros de servicios de cualquier

naturaleza pudiendo ser prestado por la sociedad o a través de terceros prestadores. Para el cumplimiento

del objeto social, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para contratar con todos los organismos públicos

y privados, adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las

disposiciones vigentes, sin más limitaciones que la que establecen las leyes y estos estatutos. Domicilio: Ciudad

Autónoma de Buenos Aires. Capital: $ 1.050.000.000.-, representado por 1.050.000.000 acciones ordinarias,

escriturales, de valor nominal $ 1 cada una y derecho a un voto por acción. Suscripción: Estévez Greco Emanuel

Guillermo, suscribe 750.000.000) de acciones ordinarias de $ 1.- valor nominal cada una, o sea $ 750.000.000.-;

Greco Ernesto Eduardo, suscribe 150.000.000) de acciones ordinarias de 1.- valor nominal cada una, o sea

$ 150.000.000.- y Romero María Cristina, suscribe $ 150.000.000.- de acciones ordinarias de $ 1.- valor nominal

cada una, o sea $ 150.000.000.-. Designación de Autoridades: 1) Presidente: Estévez Greco Emanuel Guillermo,

DNI 25.568.895; 2) Director Suplente: Ernesto Eduardo Greco, DNI 11.018.827; quienes constituyen domicilio en

la sede social. Representación legal y uso de firma social: La representación legal de la sociedad, inclusive el

uso de la firma social, estará a cargo del Presidente, y en su caso de quien legalmente lo sustituya. Fiscalización:

La sociedad prescinde de la sindicatura. Ejercicio Social: 30/09 de cada ano. Sede social: Uruguay 1267, Piso

3°, Departamento A, Ciudad de Buenos Aires. Los acreedores de la sociedad podrán ejercer el derecho de

oposición previsto en el artículo 75 de la Ley General de Sociedades dentro del plazo de quince (15) días corridos

contados desde la última publicación del presente edicto. Autorizado según instrumento privado Acta de Reunion

de Socios Nro. 21 de fecha 27/02/2026

Gabriela Mónica Passarello - T°: 68 F°: 606 C.P.A.C.F.

e. 01/07/2026 N° 45751/26 v. 01/07/2026