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N° 45211/26 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 21 - SECRETARÍA NRO. 42

Edictos Judiciales jueves, 2 de julio de 2026

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 21 - SECRETARÍA NRO. 42

El Juzgado Nacional en lo Comercial 21- Secretaría Nº 42, sito en M.T. de Alvear 1840 - Piso 3° - CABA, comunica

por 5 dias que en autos caratulados: COM 5365/2024 SEGASIST S.A.S s/QUIEBRA, que por auto de fecha 20

de abril del 2026 se decretó la quiebra de: SEGASIST S.A.S. con (CUIT: 30716753782) , con domicilio en la calle

Maipú 812, piso 3, Departamento “B” de la Ciudad de Buenos Aires. El sindico designado es el contador JORGE

JOSE KERN, con domicilio en la calle BENITO JUÁREZ 3276 CABA, correo electrónico kernjorgejose1@gmail.

com. Los acreedores deberán verificar sus créditos ante el funcionario concursal hasta el día 30/9/2026 (art. 32

LCQ). c) Los pretensos acreedores con asistencia letrada deberán canalizar sus insinuaciones ante el síndico

por vía remota en el incidente de consulta“SEGASIST S.A.S S/QUIEBRA s/INCIDENTE DE CONSULTA” (Expte.

N° COM 5365/2024/1), debiendo omitir la presentación de la documentación en formato papel, sin perjuicio de

que la misma pudiera serle requerida por el síndico o el Juzgado en la eventualidad de estimarlo menester, y

que sean citados a efectos de intervenir el soporte documental. Además se ha de requerir a los mismos que

identifiquen en el cuerpo del escrito firmado por el insinuante, la descripción detallada de todos los adjuntos

acompañados, así como la documentación fundante de su pretensión, y el comprobante del pago del arancel, y

como título del escrito deberán indicar “SOLICITUD DE VERIFICACIÓN” acompañado del apellido del pretenso

acreedor. Los acreedores que carezcan de asistencia o colaboración de un profesional de la matrícula, deberán

concurrir personalmente o concretar la insinuación a través de un tercero a quien autoricen al efecto, el cual

deberá ser debidamente identificado, y presentar su documento de identidad para corroborar su condición. En

cuanto a la modalidad del comparendo, necesariamente habrá de ser concretada cita en forma previa al mail

de la sindicatura; y una vez concedida deberá apersonarse el individuo habilitado a través del pedido, y acatar

el protocolo establecido por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas que le habrá de ser remitido a su

casilla junto con la asignación de día y hora para presentarse munido de la documentación y demás presupuestos

inherentes a la solicitud de verificación a la luz de lo estatuido por el art. 32 LCQ. El pago del arancel, en el caso de

corresponder, deberá efectuarse mediante transferencia electrónica a la cuenta bancaria de la sindicatura (CBU

0170170440000030368008); quien enviará por “e mail” el recibo correspondiente escaneado. Asimismo que los

días 2/3/2027 y 11/5/2027 el sindico presentará los informes correspondientes a los arts 35 y 39 respectivamente.

german paez castañeda Juez - guillermo carreira gonzalez secretario

e. 30/06/2026 N° 45211/26 v. 06/07/2026