N° 48449/26 Aviso del Boletín Oficial
ANDREANI CIRCULAR S.A.
Texto del aviso
ANDREANI CIRCULAR S.A.
CUIT 30-71819355-5. Se comunica que por Asamblea Extraordinaria del 17/06/2026, se resolvió por unanimidad
ampliar el Objeto Social y reformar el artículo tercero del Estatuto Social, el que queda redactado: “Articulo
Tercero: La Sociedad tiene por objeto la ejecución de las siguientes actividades, que realizará por cuenta propia
o de terceros, o asociada con terceros, o mediante Uniones Transitorias y/o Permanentes de Empresas para
fines determinados o como resultado de las concesiones, permisos, licencias o franquicias a las que pueda
acceder en cualquier punto del país o del extranjero: I. SERVICIOS: a) Explotación y prestación en todo el país
y en el extranjero del servicio de TRANSPORTE DE CARGAS; comprendiendo las vías terrestres, marítimas y
aéreas, mediante sistemas multimodales u otros, transporte de materias primas, productos semielaborados,
productos terminados, productos industrializados o no, de cualquier naturaleza que fuera, materiales,
semovientes, maquinarias y herramientas, encomiendas y equipajes y toda clase de mercaderías en general; b)
Servicio de Flete de cargas en general; c) Depositario de las cargas de terceros, admisión, almacenajes, acopio
y fraccionamiento de mercaderías y distribución de las mismas, comprendiendo los servicios de recopilación,
unitarización, desunitarización de carga por destino, manipulación y entrega de la carga al destinatario,
abarcando los servicios que fueran contratados entre origen y destino, inclusive de los de consolidación y
desconsolidación de las cargas; d) Admisión, transporte y distribución de documentación comercial, de clearing
bancario, de bolsines y encomiendas, con exclusión de los envíos con destino en Brasil, Uruguay, Paraguay y
Chile; e) Servicio de retiro y entrega domiciliaria de correspondencia de acuerdo a las disposiciones legales
y reglamentarias vigentes; servicio de contrarrembolso; f) Embalajes y mudanzas; g) Control de stock y de
inventarios; h) Servicios en terminales terrestres, en dársenas portuarias; pre y post aéreo, de acuerdo a lo
previsto en las leyes vigentes, reglamentaciones y normas decretadas en orden nacionales e internacionales que
se relacionen con la transportación de mercaderías en general, realizando todos los trámites necesarios para
cumplir con el transporte al que la empresa se obligue, por ante cualquier repartición pública, Administrativa,
y Municipal y por ante las Aduanas, tanto del país como del exterior; i) Agente de transportes; j) Depositario
Fiscal de mercadería de terceros; k) Formalización de contratos de seguros que cubran los riesgos de la
mercadería en depósito o en tránsito; l) Intermediación en el país o en el extranjero en la reserva o locación de los
servicios en cualquier otro medio de transporte; m) Prestación de cualquier otro servicio que sea consecuencia
de las actividades específicas de las empresas de Transporte, Admisión y Distribución de cargas en general;
n) Realización de actividades similares o conexas a las mencionadas. II. SOLUCIONES INDUSTRIALES Y
SUSTENTABILIDAD: Comercialización, locación, importación y exportación de insumos y suministros de envases
térmicos, sistemas y paneles de aislamiento y soluciones para diversas aplicaciones industriales. Prestación
de servicios vinculados con la sustentabilidad y el desarrollo de soluciones de embalaje eficientes, soluciones
de transporte a temperatura controlada y soluciones de aislamiento para diversas aplicaciones industriales. III.
COMERCIALES: Mediante la compraventa, permuta, dación en pago, distribución, depósito, guarda, almacenaje,
acopio y comercialización, por cuenta propia o de terceros, de bienes, derechos y mercaderías de cualquier tipo,
acciones, títulos, constitución de créditos prendarios sobre bienes muebles, semovientes, incluidos automotores,
motores, acoplados, tractores, buques, aeronaves y rodados en general. Comercio, distribución mayorista,
depósito, guarda y almacenaje de medicamentos, tecnología médica, insumos médicos, productos sanitarios,
alimentos, productos domisanitarios, cosméticos, artículos de tocador, perfumería, higiene personal, limpieza
y afines, con ajuste a la normativa aplicable y previa obtención de las autorizaciones, habilitaciones, permisos,
inscripciones o registros que correspondan. Compraventa y explotación de marcas y patentes. Participación en
licitaciones públicas y privadas. IV. FINANCIERAS: Mediante aporte e inversiones de capitales a particulares,
empresas o sociedades constituidas o a constituirse para negocios presentes o futuros; compraventa de títulos,
acciones, debentures, y todas clase de valores mobiliarios, nacionales o extranjeros, otorgamiento y aceptación
de créditos en general, sean o no garantizados, otorgamiento de fianzas a terceros y toda clase de operaciones
financieras y permitidas por las leyes, con exclusión de las previstas por la Ley de Entidades Financieras y otras
para las que se requiera el concurso público. V. INMOBILIARIO: Mediante la compraventa, permuta, dación en
pago, constitución de hipotecas, administración y explotación de inmuebles urbanos, suburbanos o rurales en
todas las modalidades existentes o a crearse, inclusive las relacionadas con la Ley de Propiedad Horizontal y
la construcción de obra de arquitectura y/o ingeniería declarando que no quedará la sociedad comprendida
en el artículo 299, inciso 4°) de la Ley 19.550. VI. ADMINISTRATIVOS: Ejercer representaciones y mandatos,
dar y aceptar comisiones, distribuciones, consignaciones, administración de bienes y capitales de empresas
en general, nacionales o extranjeras y realizar negocios por cuenta y orden de terceros. VII. IMPORTACIÓN Y
EXPORTACIÓN: La realización de negocios de importación y exportación de toda clase de mercaderías, materias
primas, maquinarias, herramientas o productos de cualquier naturaleza. VIII. ADUANA: Podrá realizar despachos
aduaneros en las formas previstas en las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia, disposiciones legales de
aduana y reglamentos de Prefectura Naval Argentina. IX. MANDATARIA: Mediante el ejercicio de representaciones,
mandatos, comisiones, consignaciones, agencias, intermediaciones y gestiones comerciales, pudiendo actuar
como mandataria, representante, agente comercial o intermediaria por cuenta propia o de terceros, y como
comisionista en nombre propio y por cuenta de terceros, para la representación legal y/o comercial de personas
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.948 - Segunda Sección 5 Martes 14 de julio de 2026
humanas, jurídicas, sociedades, entidades o entes, públicos o privados, vinculados directa o indirectamente
con las actividades comprendidas en el objeto social. Para el cumplimiento de su objeto, la Sociedad tiene
plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar todos los actos que no sean
prohibidos por las leyes o por el estatuto social”.- Autorizado según instrumento público Esc. Nº 210 de fecha
30/06/2026 Reg. Nº 840
Ana Laura Amiune Lauzon - Matrícula: 4820 C.E.C.B.A.
e. 14/07/2026 N° 48449/26 v. 14/07/2026