N° 48748/26 Aviso del Boletín Oficial
EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS ARENALES S.A.
Texto del aviso
EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS ARENALES S.A.
EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS ARENALES S.A (C.U.I.T. Nro 30-69757899-0): (i) Por Acta de Directorio
215 del 21/04/2025, fijó nueva sede social en la calle Olga Cossettini nº 731, 1º piso, de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires; (ii) Por Acta de Asamblea 40 del 22/05/2025, se eligió y conformó el nuevo directorio y sindicatura:
Presidente: Silvana Cristian GONZALEZ; Vicepresidente: Santiago Nicolás MASELLI, Director Titular: Tomás
Agustín MASELLI; Directores Suplentes: Mauro REPOSSINI y Liliana Silvia FRECINO, Síndico titular a Luis
Sanchez y síndico suplente a Fabio Bertani. Todos aceptaron los cargos. Constitución de domicilio especial de
los directores: Olga Cossettini 731, 1º piso, CABA. (iii) Por Acta de Asamblea 40 del 22/05/2025, se modificó el
texto de los artículos noveno y décimo que quedaron redactados de la siguiente manera: “ARTICULO NOVENO:
La dirección y administración de la sociedad está a cargo del Directorio, integrado entre un mínimo de dos y un
máximo de cuatro miembros titulares, con mandato por tres ejercicios. La Asamblea puede designar suplentes
en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo los que se incorporarán automáticamente al
Directorio en caso de ausencia o impedimento - aún temporal - de los titulares, sin necesidad de invitación por
el Directorio. Los miembros del Directorio serán elegidos por la Asamblea de Accionistas. La Asamblea fijará
su remuneración de conformidad con lo establecido en el artículo 261 de la Ley de Sociedades Comerciales. El
quórum para sesionar válidamente es el establecido por el artículo 260 de la ley 19.550. Resolverá por mayoría
de votos y en caso de empare, el Presidente tendrá doble voto. En su primera reunión se designará Presidente
y un Vicepresidente de entre los Directores. El Directorio se reunirá como mínimo una vez cada tres meses o las
veces que el Presidente lo estime conveniente y/o a pedido de cualquier director, en cuyo caso la reunión deberá
convocarse dentro de los siete días hábiles de recibida la petición por el Presidente. Cada director deberá prestar
una garantía por el cumplimiento de su gestión que la normativa legal requiera, que podrá consistir en efectivo,
títulos, fianzas, avales bancarios o seguros de caución o de responsabilidad civil, de acuerdo a lo establecido
por la Asamblea de Accionistas que lo eligió o en su defecto las admitidas por la autoridad de control. Las
reuniones del Directorio deberán celebrarse en la sede social y si alguno de sus miembros se encontrare en
diferentes lugares geográficos podrán comunicarse entre si, en tal caso, mediante sistemas de videoconferencias,
telecomunicaciones, conferencias telefónicas u otros que denoten claramente la identidad de los directores que
participen. A los efectos del quórum se computarán tanto los directores presentes como los que participen a
distancia. Las actas de las reuniones que se celebren serán firmadas por los directores y, en su caso, el síndico,
en forma autógrafa, mediante procedimientos de firma digital de acuerdo a la legislación vigente, u otro medio
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.948 - Segunda Sección 11 Martes 14 de julio de 2026
que acredite tanto la identificación y conformidad de los participantes, como la integralidad del documento. El
Directorio tiene amplias facultades de administración y disposición, incluso las que requieren poderes especiales
conforme lo establece el Código Civil y Comercial de la Nación y/o demás normativa legal vigente. Podrá
especialmente, operar con toda clase de entidades financieras o crediticias oficiales y privadas; dar y revocar
poderes especiales y generales, judiciales, de administración u otros, con o sin facultad de suscribir, iniciar,
proseguir, contestar o desistir denuncias o querellas penales, y realizar todo otro hecho o acto jurídico que haga
adquirir derechos o contraer obligaciones a la sociedad. La representación legal de la sociedad corresponde al
Presidente o al Vicepresidente en caso de ausencia o impedimento del primero verificado por el directorio. Para
el caso de encontrarse ausente el Presidente y el Vicepresidente, el directorio podrá autorizar la actuación de
uno o más directores para el ejercicio de la representación legal por el tiempo limitado que dure la ausencia del
Presidente y Vicepresidente. Ello con independencia de la asunción como titulares de sus suplentes respectivos.
Cualquiera de los directores titulares o suplentes podrán ser designados por el Directorio para actuar en carácter
de apoderados de la sociedad, teniendo el uso de la firma social bancaria, la que ejercerán siempre actuando
conjuntamente dos de ellos”. “ARTÍCULO DÉCIMO. Fiscalización: La Fiscalización de la sociedad estará a cargo
de un Síndico Titular, designado por tres ejercicios por la Asamblea de Accionistas, la que nombrará en forma
simultánea, un Síndico Suplente por igual plazo de duración”
Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea de fecha 22/05/2025
FRANCISCO RIVERA MOIRANO - T°: 83 F°: 196 C.P.A.C.F.
e. 14/07/2026 N° 48748/26 v. 14/07/2026