N° 15923/8 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 12 - SECRETARÍA NRO. 23
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 12 - SECRETARÍA NRO. 23
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 12 a cargo del Dr. Hernán Diego Papa, Secretaría
N° 23 a cargo del Dr. Juan Sebastian Forciniti, sito en Marcelo T. de Alvear 1840 P.B., C.A.B.A., comunica por
tres días que en autos: “AXXA PHARMA S.A. S/ QUIEBRA S/ INCIDENTE DE VENTA”, Expte. 33428/2013/23,
hace saber el inicio del procedimiento de Subastas Electrónicas Judiciales (Acordada 15/2025 C.S.J.N.) en el
Portal https://subastaselectronicasjudiciales.csjn.gov.ar, por intermedio de la Martillera Lena Alianak, (CUIT
27-14309955 -0), tel 11-6163-1507 o 11-5695-6210), correo electrónico (lenaalianak@yahoo.com.ar), sobre: los
derechos y acciones que posee la fallida de los lotes n° 196; 197; 198; 199; 200; 201; 224; 280; 281 y 282 del Barrio
Fincas de San Vicente Club de Golf S.A, en el estado en que se encuentren. El Country “Fincas de San Vicente
Golf Club”, sito en ruta 58 y Av. Juan Pablo II de la localidad de San Vicente, Pcia. de Buenos Aires, se encuentra
dividido en varios sectores, cada uno con una denominación y administraciones individuales. Así se encuentran
distintos barrios, siendo el barrio “Golf” el en el que se encuentran los lotes de la fallida a subastar. Tiene doble
acceso, uno compartido con el barrio “Chacras I” por Av. Juan Pablo II y otro individual con acceso por Ruta
58 y Capdevila. Todos los lotes a subastar se tratan de terrenos baldíos sin ningún tipo de mejora o edificación.
Los lotes 196, 197, 198, 199, 200 y 201 forman la totalidad de una manzana irregular del predio. El lote 224 forma
parte de una manzana irregular. Mientras que los lotes 280, 281 y 282 son linderos uno con otros y sus fondos
tienen vista a canchas de golf. Los lotes cuentan con servicio de luz eléctrica, fibra óptica y agua de pozo. En el
estado en que se encuentren conforme constatación obrante a fs. 156/157. El gas natural está en pleno obra de
extendido en la zona. El costo de las expensas de lotes baldíos como los de la fallida es de aprox. $ 340.000.-.
El “Golf” cuenta con un club house de 800 m2, con piscina, vestuarios, casilla de palos, bar y restaurante.
Asimismo posee cancha de golf de 18 hoyos y varias lagunas internas. Las deudas por expensas a la fecha
13/03/26 ascienden a: lote 196 $ 124.529.100,96.-; lote 197 $ 122.816.260,97.-; lote 198 $ 122.412.450,98.-; lote
199 $ 106.312.642,99.-; lote 200 $ 106.370.066,00.-; lote 201 $ 109.979.569,01.-; lote 224 $ 128.860.558,24.-; lote
280 $ 97.342.129,80.-; lote 281 $ 97.342.245,81.- y lote 282 $ 97.342.245,82. (Conf. fs. 530). Condiciones de venta:
al contado, al mejor postor. BASE: U$S 25.000 (dólares veinticinco mil) cada lote. La subasta tendrá una duración
de diez (10) días hábiles. Fecha de inicio: 14 de septiembre de 2026 a las 08:00 hs. Fecha de finalización: 25 de
septiembre de 2026 a las 08:00 hs., pudiendo extenderse en el supuesto del art. 22 del Reglamento. Podrá ofertar
en la subasta quien se encuentre empadronado en el Registro de Subastas Electrónicas Judiciales, e inscripto en
esta subasta, sólo podrán intervenir en las subastas los que se encuentren habilitados hasta el día hábil anterior a
la fecha de inicio del acto de remate. (fecha máxima de inscripción de postores: 09 de septiembre de 2026 hasta
las 08:00hs.). Los postulantes como oferentes de la subasta deberán depositar, en la cuenta de autos abierta
al efecto, una suma equivalente al cinco por ciento (5%) del valor de la base fijada para la venta, en concepto
de garantía, como presupuesto de aceptación de su calidad de postor en la presente subasta, quedando dicho
importe como pago a cuenta para aquél que resulte adjudicatario. El depósito deberá encontrarse acreditado con
una antelación mínima de tres (3) días hábiles a la fecha de inicio del acto de subasta (artículo 12 del Reglamento
de Subastas Electrónicas Judiciales, aprobado por Acordada CSJN nro. 15/25 El comprador deberá depositar: a)
la seña de un 30% en la cuenta de autos del Banco Ciudad en Dólares N° 62-012-023-915-542-6, CBU 02900759-
10224091505425. b) 10% de comisión del martillero del valor de realización que deberá ser depositada en autos
para ser percibida una vez aprobada la subasta y c) 0,25% de arancel de la C.S.J.N. según Acordada 10/99 en
cuenta corriente especial Nº 15923/8 PJN-0500/335- “Corte suprema de Justicia de la Nación Dir. Adm. Dep.
acord. 10/99” CBU: 0290005610000001592389. Hágase saber que en caso de corresponder el pago del IVA por
la presente compraventa, deberá ser solventado por el comprador; así como en su caso, el IVA sobre la comisión
del martillero. Se difiere el pago del saldo del precio, el cual deberá depositarse en la cuenta judicial antes citada,
al quinto día de notificada por ministerio de la ley la providencia que aprueba el remate (art. 580 del CPCCN) y bajo
apercibimiento de declararlo postor remiso (art. 584 CPCC). En el supuesto en el que el vencedor de la subasta no
integre el precio, y en el caso que haya postores que hubieran hecho ofertas mayores o iguales al setenta (70%)
de la oferta ganadora, se invitará a quien hubiere realizado la segunda mejor oferta, a ratificarla. Si el interesado lo
hiciera, será considerado como el oferente ganador de la subasta; caso contrario, serán invitados sucesivamente
quienes hubieren realizado las siguientes mejores ofertas, siempre que cumplan la condición prevista más arriba,
hasta tanto alguno la ratifique y formalice la venta. Queda prohibida la compra en comisión del bien puesto a
subasta como así también la ulterior cesión del boleto que se extienda o de la documentación inherente a la
venta, la transferencia de las participaciones accionarias de la adjudicataria o cualquier forma de sustitución
de quien devenga adjudicatario, el otorgamiento de poderes especiales irrevocables a favor de terceros para la
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.953 - Segunda Sección 115 Martes 21 de julio de 2026
posesión, escrituración, cesión, adquisición y/o venta del bien. Asimismo, para el caso de quien realice la oferta
lo haga en representación de un tercero, deberá incluir en el formulario electrónico de empadronamiento los
datos que surgen del art. 6 del Anexo de la Acordada 15/2025 respecto de su representado, y acreditar tal calidad
con poder especial ante la Oficina de Subastas Judiciales (art. 7 del Anexo de la Acordada 15/2025). Las tasas,
impuestos y contribuciones devengadas luego de la posesión del inmueble serán a cargo del adquirente. Las
correspondientes hasta la fecha del decreto de quiebra deberán ser verificadas de conformidad con la normativa
concursal. Y, aquellas devengadas entre el decreto de falencia y la posesión, quedan a cargo del concurso.
Asimismo, corre por cuenta del comprador: a) el cumplimiento de todas las reglamentaciones de cualquier tipo
que se refieran al inmueble, b) la remoción de cualquier impedimento que obstaculice la escrituración y sea
ajeno a la quiebra, y c) hacerse cargo de la totalidad de gastos que ocasione la escritura de cualquier índole
que sean. El adquirente tendrá que asumir el pago de las expensas anteriores a la toma de posesión con la
única salvedad que ello así será en la medida que no existan fondos suficientes para afrontarlas obtenidos en
la subasta. Resultará condición inexcusable de cualquier planteo y/o incidente que se dedujere en su caso por
los eventuales adquirentes, el previo pago integral (deposito en autos) de las sumas adeudada con motivo de la
enajenación jurisdiccional, bajo apercibimiento de su desestimación liminar, en cuanto hubiere lugar por derecho.
LUGAR Y FECHA DE EXHIBICIÓN: Ruta 58 y Capdevila de la localidad de San Vicente, Pcia. de Buenos Aires los
días Jueves 3 y Viernes 4 de Septiembre de 10:00 a 12:00 hs. En Buenos Aires, a los 14 días del mes de julio de
2026.
HERNÁN DIEGO PAPA Juez - JUAN SEBASTIAN FORCINITI SECRETARIO
e. 20/07/2026 N° 50314/26 v. 22/07/2026