N° 51848/26 Aviso del Boletín Oficial
CASIN & ASOCIADOS S.R.L.
Texto del aviso
CASIN & ASOCIADOS S.R.L.
CUIT 30-70926043-6. Se comunica que por acta de reunión de socios de fecha 06/02/2026 se resolvió por
unanimidad: 1) modificar el artículo tercero del contrato social: “ARTÍCULO TERCERO: la sociedad tiene por
único objeto proveer a sus socios de la estructura material y empresarial necesaria para que los mismos, por sí
o a través de terceros también profesionales, en forma coordinada o individual, puedan ejercer las incumbencias
profesionales que autoriza la Ley 20.488 para los graduados en Ciencias Económicas, que les son propias por
su título universitario habilitante. Para el cumplimiento de sus fines, la sociedad actuará según la respectiva
incumbencia profesional, bajo la actuación, responsabilidad y firma de cualquiera de los socios conforme las
respectivas normas legales y reglamentarias que rigen a la materia, en función de la incumbencia del firmante. Los
socios integrantes de la sociedad sólo podrán ofrecer los servicios propios de sus incumbencias profesionales,
debiendo para ello poseer sus respectivos títulos habilitantes y en el caso que una ley lo dispusiera, la inscripción
en el Colegio o Consejo o ente Nacional o Provincial que ejerza la potestad disciplinaria sobre su actuación
profesional. Los graduados en Ciencias Económicas, además, deberán encontrarse matriculados en el Consejo
Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. A esos efectos la sociedad tiene
plena capacidad jurídica para efectuar todas las operaciones, actividades, asesoramientos, actos y contratos
que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social. Se deja constancia que queda excluida de la
limitación de responsabilidad propia del tipo de sociedad de la que se trata (SRL) la asumida por los socios en el
ejercicio de su profesión. La sociedad podrá ser representante de organizaciones nacionales o internacionales
que desarrollen actividades relativas a su área de incumbencia, afiliarse, asociarse o participar en ellas, así como
formar agrupaciones ad-hoc de colaboración empresarial, o uniones transitorias de empresas.”; 2) incorporar el
artículo tercero bis: “ARTÍCULO TERCERO BIS: en el desarrollo de las actividades descritas en el objeto social,
la Sociedad además de crear valor económico procurará generar un impacto material social y ambiental en
beneficio de la sociedad, el ambiente y las personas o partes vinculadas a ésta.”; 3) modificar el artículo sexto
que establece el procedimiento y exigencias para transmitir las cuotas sociales; 4) modificar el artículo séptimo
que regula la situación en caso de fallecimiento e incapacidad de los socios; 5) modificar el artículo octavo que
establece el funcionamiento de la gerencia; e 6) incorporar el artículo noveno bis que prevé la celebración de
reuniones del órgano de administración y gobierno a distancia. Autorizado según instrumento privado acta de
reunión de socios de fecha 06/02/2026
JULIETA AZUL VARGAS - T°: 147 F°: 570 C.P.A.C.F.
e. 24/07/2026 N° 51848/26 v. 24/07/2026