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N° 52156/26 Aviso del Boletín Oficial

NC NUEVOS COMIENZOS S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA martes, 28 de julio de 2026

Texto del aviso

NC NUEVOS COMIENZOS S.R.L.

Contrato privado 30/6/2026.1) Socios: CARLOS ADRIAN COTTARO, argentino, empleado público, casado, 3/10/1971,

DNI 22403234, CUIT 20224032340, Chile 1860 de CABA y ESTEBAN ANDRES DI DOMÉNICA LANDO, argentino,

empleado público, soltero, nacido el 14/5/1982, DNI 29503533, CUIT 20295035332, Pichincha 1141 4A de CABA. 2)

NC NUEVOS COMIENZOS SRL. 3) Sede Social: Luis Saenz Peña 1817/1819 CABA. 4) 99 años 5) Servicios de salud

mental y abordaje de consumos problemáticos, promoción, prevención, asistencia, tratamiento y reinserción social,

a través de dispositivos terapéuticos b) instalación, explotación, comercialización, administración, organización

de servicios de salud, medicina prepaga, postpaga o por cápitas, ya sea con personas físicas o empresas

públicas y/o privadas, mediante el diseño, proyecto, implementación y gerenciamiento de establecimientos

médico-asistenciales bajo la forma de consultorios médicos donde se desarrollarán los servicios de atención

psicológica, psiquiátrica y evaluación diagnóstica integral,;c) organización de dispositivos terapéuticos para la

recuperación sostenida, hospital de día, tratamientos ambulatorios y acompañamiento terapéutico pudiendo

contratar con prestadores, obras sociales, empresas de medicina privada y afines. d) implementación de grupos

terapéuticos, talleres y programas de prevención comunitaria sobre salud mental. e) atención interdisciplinaria. f)

actividades de intervención comunitaria, seguimiento clínico continuo y acciones orientadas a garantizar calidad

asistencial y resultados terapéuticos. g) capacitación, formación y actualización profesional en el ámbito de la

salud mental, las adicciones y la asistencia comunitaria. h) organización de cursos, seminarios, jornadas, talleres,

congresos y actividades académicas vinculadas con la prevención, asistencia y rehabilitación en salud mental

y consumos problemáticos. i) prestación de servicios de acompañamiento terapéutico, asistencia domiciliaria y

cuidados integrales que requieran apoyo terapéutico. j) Establecer convenios y acuerdos de cooperación con

organismos públicos o privados, instituciones sanitarias, obras sociales y demás entidades vinculadas con el

cumplimiento de su objeto fundacional. k) podrá efectuar toda clase de actos jurídicos, operaciones y contratos

autorizados por las leyes, sin restricción alguna, sean de naturaleza civil, comercial, penal, administrativa, judicial

o de cualquier otra, que se relacione directa o indirectamente con el objeto perseguido. l) servicios de alquiler

o subalquiler de consultorios, y cualquier otro tipo de cosa mueble o inmueble para prestaciones relacionadas

con la salud, sin internación, compartidos, externos, temporales, equipados y acondicionados, a médicos y/u

otro tipo de profesionales prestadores de salud con título habilitante, a obras sociales, a prestadores médicos de

medicina prepaga, prestadores de medicina laboral, organismos públicos o privados y/o cualquier otro integrante

de la red de prestadores de salud y/o farmacéuticos, a los fines específicos de dedicarlo al ejercicio profesional

de atención, asistencia, diagnóstico y tratamientos médicos; con provisión de servicios complementarios de

apoyo administrativo, infraestructura tecnológica, wifi y de telecomunicaciones instalada y lista para usarse.

La sociedad tendrá plena capacidad jurídica para poder constituirse, organizarse e integrarse como red de

prestadores de salud y/o farmacéuticos, en jurisdicciones municipales, provinciales, regionales o nacionales y

toda clase de agrupaciones de colaboración empresaria ACE y UTE Para la operatividad de todos los servicios

deberá contratarse personal médico y todas las actividades que lo requieran serán ejercidas por profesionales

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.958 - Segunda Sección 37 Martes 28 de julio de 2026

con título habilitante, supervisados por un Director Técnico Médico. m) financiación de las operaciones sociales

obrando como deudor o acreedor prendario o hipotecario segun art 5 ley 12962 y realizar todas las operaciones

necesarias de carácter financiero permitidas por la legislación vigente. No desarrollara las comprendidas en

la ley 21526 o cualquier otra que se dicte en lo sucesivo en reemplazo o requiera de la intermediación en el

ahorro público. n) construcción de edificios y obras en general, realizar reparaciones, efectuar ampliaciones,

demoliciones, ya sea bajo el régimen de la Ley de PH o no, y por contratación directa o por licitaciones públicas

y/o privadas.ñ) adquisición, venta, locación, sublocación, permuta de todo tipo de bienes inmuebles urbanos y

rurales, la compra venta de terrenos y su subdivisión, fraccionamiento de tierras, urbanizaciones con fines de

explotación, renta o enajenación, inclusive por el régimen de PH. Podrá presentarse en licitaciones públicas o

privadas, en el orden Nac.,Prov. o Municipal. Podrá otorgar representaciones, distribuciones y franquicias dentro

o fuera del País, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y

ejercer todos los actos que no estén prohibidos por la ley o el presente estatuto, realizar todos los contratos que

se relacionen con el objeto social, pudiendo participar en toda clase de empresas y realizar cualquier negocio

que directa o indirectamente tenga relación con los rubros expresados. Podrá realizar operaciones financieras

invirtiendo dinero o haciendo aportes propios o de terceros, contratando o asociándose con particulares,

empresas o sociedades constituidas o a constituirse; registrar, adquirir, ceder y transferir marcas de fábrica

y de comercio, patentes de invención, formas o procedimientos de elaboración, aceptar o acordar regalías,

tomar participaciones y hacer combinaciones, fusiones y arreglos con otras empresas o sociedades del país

y/o del exterior. 6) $ 1.000.000. dividido en 100.000 cuotas de DIEZ PESOS nominal y 1 voto c/u. Se suscribe

en su totalidad: ESTEBAN ANDRES DI DOMENICA 50.000 total $ 500.000; CARLOS ADRIAN COTTARO 50.000

total $ 500.000; la integración: en efectivo en su totalidad y en este acto un 25%, debiendo integrar el resto en

un término no mayor a dos años desde de la fecha del contrato.7) Administración social, a cargo de uno o más

gerentes en forma individual e indistinta, socios o no por tiempo indeterminado.8) La fiscalización de la sociedad

será realizada por los socios no gerentes.9) Cierre de ejercicio 31/3. 10) Se establece garantía y domicilio especial

de administradores. 11) Gerente Carlos Adrian Cottaro quien acepta el cargo y constituye domicilio en el particular.

Autorizado según instrumento privado Maria Eugenia Lastra de fecha 30/06/2026

MARIA EUGENIA LASTRA - T°: 114 F°: 548 C.P.A.C.F.

e. 28/07/2026 N° 52156/26 v. 28/07/2026