N° 52525/26 Aviso del Boletín Oficial
AKUO ENERGY ARGENTINA S.A.
Texto del aviso
AKUO ENERGY ARGENTINA S.A.
CUIT 30-71532007-6. Se notifica que por Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria del 12/06/2026 se resolvió:
(i) capitalizar la cuenta de Ajuste de Capital por la suma de $ 7.851.100, el cual fue suscripto por ambos accionistas,
en proporción a sus tenencias, mediante la emisión de 76.156 acciones nominativas, no endosables, de valor
nominal $ 100 cada una y un voto por acción, a favor de Akuo Energy S.A.S., y de 2.355 acciones nominativas,
no endosables, de valor nominal $ 100 y derecho a un voto por acción a favor del Sr. Martín Bocage Bacigalupo;
y (ii) aumentar el capital social en la suma de $ 3.884.714.500, el cual fue suscripto e integrado por el accionista
mayoritario Akuo Energy S.A.S. mediante la capitalización del capital de la deuda que la Sociedad mantenía
con dicho accionista, mediante la emisión de 38.847.145 acciones nominativas, no endosables, de $ 100 valor
nominal y con derecho a un voto cada una. En consecuencia, el capital social quedó elevado de $ 100.000 a
$ 3.892.665.600, representado por 38.926.656 acciones nominativas, no endosables, de valor nominal $ 100 cada
una y un voto por acción, de las cuales 38.924.271 son de titularidad de Akuo Energy S.A.S. y 2.385 acciones
del Sr. Martín Bocage Bacigalupo. Asimismo, por Asamblea General Extraordinaria del 17/07/2026 se resolvió
aprobar la reforma del artículo tercero del Estatuto Social, el cual quedó redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO TERCERO: El capital social es de tres mil ochocientos noventa y dos millones seiscientos sesenta
y cinco mil seiscientos pesos ($ 3.892.665.600) y se divide en treinta y ocho millones novecientas veintiséis mil
seiscientas cincuenta y seis (38.926.656) acciones ordinarias, nominativas, no endosables, con derecho a un
voto por acción y de valor nominal cien pesos ($ 100) cada una. El capital puede aumentarse hasta el quíntuplo
por decisión de la Asamblea General Ordinaria de Accionistas en los términos del artículo 188 de la Ley 19.550 y
sus modificatorias. La asamblea podrá delegar en el directorio la época de emisión y las condiciones y forma de
pago, en los términos del artículo 188 de la Ley 19.550.” Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea
de fecha 12/06/2026
RAMIRO JULIAN PEREZ - T°: 157 F°: 601 C.P.A.C.F.
e. 29/07/2026 N° 52525/26 v. 29/07/2026