N° 52662/26 Aviso del Boletín Oficial
ESTARI CONSULTORA S.A.
Texto del aviso
ESTARI CONSULTORA S.A.
Rectifica aviso de fecha 16/04/2026. T.I. 23531/26. Se resolvió modificar el artículo Tercero, quedando redactado
de la siguiente forma: “Artículo Tercero: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros
o asociada a terceros en el país o en el extranjero a las siguientes actividades: a) desarrollar, comercializar,
implementar, arrendar, licenciar, representar, distribuir y mantener productos, servicios, contenidos y soluciones
tecnológicas, incluyendo software y herramientas de gestión empresarial, propios o de terceros, en cualquier tipo
de soporte físico o digital. También podrá desarrollar, integrar, utilizar y comercializar tecnologías emergentes
vinculadas a la inteligencia artificial, el aprendizaje automático y otras herramientas digitales avanzadas aplicadas
a la gestión empresarial; b) desarrollar, operar y administrar sitios web, plataformas digitales, marketplaces y
aplicaciones móviles, así como ofrecer servicios vinculados al comercio electrónico, marketing digital, y gestión
de medios digitales en general; c) brindar servicios de consultoría en materia de ciberseguridad, privacidad,
cumplimiento normativo (compliance), gestión de riesgos tecnológicos y continuidad del negocio, incluyendo
auditorías y desarrollo de soluciones específicas en estas materias; d) actuar como intermediaria tecnológica
en la facilitación de transacciones digitales, incluyendo servicios fintech y otros sistemas de procesamiento de
operaciones en línea; e) podrá asimismo importar, exportar y adquirir todos los bienes, tangibles o intangibles,
que resulten necesarios o convenientes para el cumplimiento de su objeto, así como importar, exportar, adquirir,
registrar, explotar y licenciar derechos de propiedad intelectual e industrial, incluyendo marcas, patentes, modelos,
software y otros bienes intangibles vinculados a su actividad; f) además, la sociedad podrá realizar inversiones,
constituir o participar como socia, accionista o integrante en otras sociedades o asociaciones, nacionales o
extranjeras, celebrar contratos de colaboración, y efectuar toda otra actividad conexa. Aquellas actividades
que así lo requieran serán realizadas por profesionales con títulos habilitantes. A tal fin la sociedad tiene plena
capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones.- Autorizado según instrumento público Esc.
Nº 103 de fecha 09/04/2026 Reg. Nº 1180
Natalia Kent - Matrícula: 4812 C.E.C.B.A.
e. 29/07/2026 N° 52662/26 v. 29/07/2026