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N° 52763/26 Aviso del Boletín Oficial

ELECTROGLOBAL S.A.S.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas OTRAS SOCIEDADES jueves, 30 de julio de 2026

Texto del aviso

ELECTROGLOBAL S.A.S.

CUIT 30-71877536-8.: Se hace saber que por asamblea general extraordinaria de fecha 14/5/2025 se resolvió:

(i) aumentar el capital social en la suma de $ 3.259.240, de la suma de $ 543.143 a la suma de $ 3.802.383; (ii)

emitir 3.259.240 acciones ordinarias, nominativas, no endosables, con derecho a un (1) voto por acción, de

valor nominal $ 1 (un peso) cada una con más una prima de emisión por acción de $ 300,000142824708 por

acción; (iii) reformar el articulo 4° del estatuto social, que en consecuencia queda redactado de la siguiente

manera: “ARTÍCULO CUARTO: El Capital Social es de $ 3.802.383 (Pesos Tres Millones Ochocientos Dos Mil

Trescientos Ochenta y Tres), representado por igual cantidad de acciones ordinarias escriturales, de $ 1, valor

nominal cada una y con derecho a un voto por acción. El capital social puede ser aumentado por decisión de

los socios conforme lo dispone el artículo 44 de la Ley Nº 27.349. Las acciones escriturales correspondientes

a futuros aumentos de capital podrán ser ordinarias o preferidas, según lo determine la reunión de socios. Las

acciones preferidas podrán tener derecho a un dividendo fijo preferente de carácter acumulativo o no, de acuerdo

a las condiciones de emisión. Podrá acordársele también una participación adicional en las ganancias líquidas y

realizadas y reconocérsele prioridad en el reembolso del capital, en caso de liquidación. Cada acción ordinaria

conferirá derecho de uno a cinco votos según se resuelva al emitirlas. Las acciones preferidas podrán emitirse

con o sin derecho a voto, excepto para las materias incluidas en el artículo 244, párrafo cuarto, de la Ley General

de Sociedades N° 19.550, sin perjuicio de su derecho de asistir a las reuniones de socios con voz”. Autorizado

según instrumento privado asamblea de fecha 14/05/2025.

Florencia Anahi Marino - T°: 112 F°: 800 C.P.A.C.F.

e. 30/07/2026 N° 52763/26 v. 30/07/2026