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N° 1105/1989 Aviso del Boletín Oficial

CORREDOR MEDITERRÁNEO S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS viernes, 31 de julio de 2026

Texto del aviso

CORREDOR MEDITERRÁNEO S.A.

Se hace saber que por instrumento público del 27/7/2026, escritura N° 2851, folio 9392, Registro 501, Capital

Federal se constituyó la siguiente sociedad anónima: 1) Accionistas: Creditech S.A., CUIT: 30-71595867-4, con

domicilio en Olazabal 1483, piso 10°, oficina “03” Ciudad de Buenos Aires, inscripta ante el Registro Público con

fecha 18 de diciembre de 2017, bajo el número 25886, Libro 87, Tomo de Sociedades por Acciones y PLANTEL S.A.,

CUIT 30-65873371-7, inscripta ante la Dirección Provincial de Personas Jurídicas – La Plata bajo la matricula

34806, legajo 10/64.507, con domicilio en Laprida número 4650, de la Ciudad de Mar del Plata, Partido de General

Pueyrredón, Provincia de Buenos Aires; 2) Denominación social: CORREDOR MEDITERRÁNEO S.A.; 3) Plazo: 99

años 4) Domicilio: Olazábal número 1483, piso 10, Oficina “03”, Ciudad Autónoma de Buenos Aires; 5) Objeto:

La sociedad tiene por objeto único y exclusivo el cumplimiento del contrato de Concesión de Obra Pública por

peaje respecto del tramo de la Red Federal de Concesiones Tramo Mediterráneo, correspondiente a la segunda

etapa de la Licitación Pública Nacional e Internacional Nº 504-0015-LPU25, según Resolución Nº RESOL-

2026-884-APN-MEC, comprendiendo la construcción, administración, explotación, reparación, ampliación,

conservación, mantenimiento, prestación de servicios al usuario y realización de explotaciones complementarias

conforme el Pliego y Contrato de Concesión aplicables, como así también la realización de nuevas explotaciones

complementarias que permitan obtener ingresos adicionales bajo el régimen de las Leyes N° 17.520, 23.696,

27.742, el Decreto Reglamentario, los Decretos reglamentarios Nº 1105/1989 y N° 695/2024, así como sus normas

complementarias, reglamentarias y modificatorias, del tramo “Mediterráneo” de la Red Federal de Concesiones.

La concesión comprende: a) La realización de las obras comprendidas en el plan de obras del concesionario

que se encuentren listadas en el pliego de especificaciones técnicas particulares. b) La elaboración de los

proyectos ejecutivos respecto a obras a ser ejecutadas en la red federal de concesiones. c) La administración

y explotación por peaje de los tramos de la red federal de concesiones durante el plazo indicado en el presente

contrato de concesión, a cuyo término el concesionario deberá entregarlo al concedente en las condiciones de

conservación previstas en el contrato de concesión. d) la realización de explotaciones complementarias conforme

lo previsto en el reglamento de explotaciones complementarias que como Anexo forma parte integrante del

pliego de especificaciones técnicas generales, por sí o a través de terceros mediante contratos de subconcesión.

La Sociedad podrá realizar todos los actos jurídicos necesarios para el cumplimiento de su objeto, con plena

capacidad legal dentro de los límites establecidos por la normativa vigente. Para el cumplimiento de su objeto la

sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, inclusive las prescriptas

por los arts. 375 y concordantes del Código Civil y Comercial, y ejercer todos los actos y contratos que no sean

prohibidos por las leyes o por el estatuto e incluso para contraer empréstitos en forma pública o privada mediante

la emisión de debentures u obligaciones negociables. Asimismo, la sociedad podrá llevar adelante las siguientes

actividades siempre y cuando sean realizadas en forma conexa, accesoria y /o complementaria a las descriptas

precedentemente: (I) Importación y Exportación: la realización de operaciones de comercio internacional,

incluyendo la importación y exportación de toda clase de bienes y/o servicios que sean necesarios para el

desarrollo comercial y la consecución del objeto social, por cuenta propia o de terceros o asociados a terceros;

(II) Mandatos y Servicios: el ejercicio de toda clase de representaciones, mandatos y comisiones, por cuenta y

orden de terceros domiciliados en el país o en el extranjero. (III) Financieras: La sociedad podrá realizar todas las

operaciones necesarias de carácter financiero permitidas por la legislación vigente, operaciones de afianzamiento

financiero, comercial o de otro tipo, incluyendo sin limitación el otorgamiento de avales, fianzas y/u otras garantías

reales o no, consecuentes con el objeto social. No realizará las comprendidas por la Ley de Entidades Financieras.

IV) La sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones por si o por terceros

y realizar todos los actos no prohibidos por las leyes o este estatuto.; 6) Capital: $ 30.000.000, representado por

28.500.000 acciones Clase A y 1.500.000 acciones Clase B nominativas no endosables de valor nominal $ 1 cada

una y con derecho a un voto por acción, 28.500.000 de titularidad de CREDITECH S.A y 1.500.000 de titularidad

de PLANTEL S.A; 7) Directorio: tres directores titulares por el plazo de tres ejercicios, pudiendo designarse igual

o menor cantidad de directores suplentes. Los accionistas de la Clase A designarán dos (2) directores titulares y

un (1) director suplente, y los accionistas de la Clase B designarán un (1) director titular y un (1) director suplente.

En caso de vacancia, cada director suplente únicamente podrá reemplazar al director titular designado por el

mismo Accionista, sin posibilidad de sustitución cruzada. La representación legal de la Sociedad corresponde al

Presidente de la Sociedad o a su Vicepresidente, en caso de ausencia o enfermedad del Presidente. Se resolvió

designar el siguiente directorio por tres (3) ejercicios: Presidente: Gustavo David Machado; Vicepresidente:

Manuel Martín Trigas; Director Titular: Juan Pablo Jaksic; Director suplente “Clase A”: Santiago López Aufranc; y

Director suplente “Clase B”: Juan Carlos ZAMORA. Quienes constituyeron domicilio especial en la sede social;

8) Comisión Fiscalizadora: Se resolvió designar la siguiente comisión fiscalizadora por tres (3) ejercicios: Síndicos

titulares “Clase A”: Eduardo Jorge Pestarino, Esteban Rubén Basile y Ezequiel Yamil Aon; y Síndicos suplentes

“Clase A”: Pablo Martín Carbone y Raúl Alberto Presa; y Síndicos suplentes “Clase B”: Nelly Alicia Sanchuki; 9)

Cierre de ejercicio: 31/12. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 2851 de fecha 27/07/2026 Reg. Nº 501.

Florencia Anahi Marino - T°: 112 F°: 800 C.P.A.C.F.

e. 31/07/2026 N° 53045/26 v. 31/07/2026