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N° 53478/26 Aviso del Boletín Oficial

AURA CONTROL S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA lunes, 3 de agosto de 2026

Texto del aviso

AURA CONTROL S.R.L.

Por instrumento privado del 30/7/26 1) Comparecen Marcelo David ASSAYAG, argentina, 21/5/73, DNI 23288392,

casado, comerciante, David Magdalena 2764, Localidad Caseros, Partido Tres de Febrero, Provincia Buenos Aires;

Jorge Gastón URSO, 23/4/91, DNI 35980228, soltero, comerciante, Chacabuco 977, Localidad Villa Lynch, Partido

General San Martín, Provincia Buenos Aires. 2) AURA CONTROL SRL. 3) 99 años. 4) En Jurisdicción de la Provincia

de Buenos Aires la sociedad sólo podrá realizar aquellas actividades previstas en el artículo segundo de la Ley

12.297 y su decreto reglamentario 1897/02, concordantes, modificatorias o que sean dictadas en su reemplazo

en el futuro, a saber: 1. Vigilancia y protección de bienes. 2. Escolta y protección de personas. 3. Transporte,

custodia y protección de cualquier objeto de traslado lícito, a excepción del transporte de caudales. 4. Vigilancia

y protección de personas y bienes en espectáculos públicos, locales bailables y otros eventos o reuniones

análogas. 5. Obtención de evidencias en cuestiones civiles o para incriminar o des incriminar a una persona

siempre que exista una persecución penal en el ámbito de la justicia por la comisión de un delito y tales servicios

sean contratados en virtud de interés legítimo en el proceso penal. La custodia, vigilancia y protección de bienes

y personas incluye la prestación de servicio de vigilancia a través de sistemas de alarmas, fijas o móviles, siempre

que se trate de un servicio permanente con conexión a una central de monitoreo. Las personas que realicen los

servicios enumerados en este artículo se denominan prestadores de servicios de seguridad privada. También

desarrollará las siguientes actividades: servicios con autorización de uso de armas de fuego: Los de custodias

personales, mercaderías en tránsito, excepto el transporte de caudales regulado por la Ley Nacional N° 19.130, y

en depósitos, cuyo objeto es el acompañamiento y la protección de personas o bienes en la vía pública, y en los

lugares en que éstos se depositen. Los de vigilancia privada en lugares fijos sin acceso de público, cuyo objeto

es resguardar la seguridad de personas o bienes en espacios privados cerrados, con control e identificación de

acceso de personas, Servicios sin autorización de armas de fuego: Los de vigilancia privada en lugares fijos con

acceso al público, cuyo objeto es la seguridad de personas o bienes y espacios privados de acceso público con

fines diversos. Los de custodia y portería de locales de baile, confiterías y de espectáculos en vivo, como todo

otro lugar destinado a recreación. Los de vigilancia privada de lugares fijos privados o edificios de propiedad

horizontal. Los de vigilancia por medios electrónicos, ópticos y electroópticos, cuyo objeto es brindar servicios

con dispositivos centrales de observación, registro de imagen, audio y alarmas. Para el desarrollo de su objeto, la

sociedad cumplirá con la ley 5.688 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Nacional 26.370 y las que en el

futuro las modifiquen o complementen. La compra, venta, distribución, representación, consignación, instalación,

mantenimiento, reparación y comercialización, por cuenta propia o de terceros, de equipos, dispositivos, sistemas,

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.962 - Segunda Sección 26 Lunes 3 de agosto de 2026

insumos, repuestos, accesorios y demás productos eléctricos, electrónicos, informáticos, de telecomunicaciones,

seguridad física y electrónica, videovigilancia, control de accesos, detección y prevención de incendios, alarmas,

monitoreo, comunicaciones, identificación, geolocalización y cualquier otro bien relacionado o complementario

con las actividades comprendidas en el objeto principal de la sociedad. La importación y exportación de equipos,

dispositivos, sistemas, insumos, repuestos, accesorios, software, hardware, herramientas, maquinarias y demás

productos eléctricos, electrónicos, informáticos, de telecomunicaciones y de seguridad física y electrónica, así

como de cualquier otro bien vinculado o complementario a las actividades previstas en el objeto principal de la

sociedad, pudiendo actuar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, con sujeción a la normativa

vigente. A los fines del financiamiento de sus operaciones, la sociedad podrá otorgar y pedir préstamos y/o

aportes e inversiones de capitales, realizar operaciones de financiación y créditos en general con cualquiera de las

garantías previstas en la legislación vigente con fondos propios. Quedan excluidas las actividades comprendidas

en la Ley de Entidades Financieras. Las actividades que lo requieran serán ejercidas por profesionales con título

habilitante. 5) capital social $ 1.000.000 dividido en 1.000.000 de cuotas de $ 1. 6) Gerentes Marcelo David

ASSAYAG y Jorge Gastón URSO ambos domicilio especial en sede legal. 7) sede social Nazarre 2600, piso 2,

Oficina D CABA. 8) Marcelo David ASSAYAG suscribe 500.000 cuotas y Jorge Gastón URSO suscribe 500.000

cuotas. 9) ejercicio social 30/3. Autorizado según instrumento privado Contrato Social de fecha 30/07/2026

Rodrigo Martín Esposito - T°: 98 F°: 520 C.P.A.C.F.

e. 03/08/2026 N° 53478/26 v. 03/08/2026