N° 15923/8 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 18 - SECRETARÍA NRO. 36
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 18 - SECRETARÍA NRO. 36
El Juzg. Nac. de 1a. Inst. en lo Comercial Nro. 18, Sec. Nro. 36, sito en M.T. de Alvear 1840 p. 3º CABA, en
autos “FIDEICOMISO RISK I C/BRENNER PINI s/EJECUTIVO””, expte. Nº. 79069/2000, hace saber el inicio
del procedimiento de Subastas Electrónicas Judiciales (Acordada 15/2025 C.S.J.N.) en el Portal https://
subastaselectronicasjudiciales.csjn.gov.ar, por intermedio del Martillero Natalia Alejandra Marin, CUIT 23-
24341903-4, Tel 11-5347-2532, correo electrónico natale@live.com.ar, sobre sobre el 100% del inmueble sito
en la intersección de Calle 4 y Calle 41, cuyos datos catastrales son: Partido 033, Partida 016827, Folio 1012/57,
Nomen. Catastral: Circ. 1, Sec C, Mza 283, Parcela 13, Matrícula 37307, de la Ciudad de Miramar, Partido de
Gral. Alvarado, Pcia de Bs As. Se trata de un lote de terreno sin construcción, ubicado en la esquina de las calles
4 y 41, con pasto cortado y cercado, sin ocupantes y en buen estado de conservación. La zona es residencial
y a dos cuadras de la costanera, de la zona del muelle y a pocas cuadras del centro comercial. Condiciones
de venta: Subasta Electrónica Judicial -al contado y al mejor postor-, Depósito en garantía 5% del valor de la
base fijada, 3% en concepto de comisión del martillero -más IVA en su caso- y 0,25% en concepto de arancel
C.S.J.N. BASE: U$S15.000. Deudas: ARBA sin deuda al 04/11/2025, MGA (Mun.de Gral Alvarado) -ABLO- y
Sanitario -OSM- sin deuda al 12/08/2025. La subasta tendrá una duración de diez (10) días hábiles. Fecha de
inicio: 21.9.2026 a las 09:00 hs. Fecha de finalización: 02.10.2026 a las 09:00 hs., pudiendo extenderse en el
supuesto del art. 22 del Reglamento. Podrá ofertar en la subasta quien se encuentre empadronado en el Registro
de Subastas Electrónicas Judiciales e inscripto en esta subasta con una antelación mínima de 3 (tres) días hábiles
del comienzo del acto (fecha máxima de inscripción de postores: 16.09.2026 hasta las 09:00 hs.). El comprador
abonará, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la finalización del acto del remate: a) importe total del precio
ofrecido en la cuenta en dólares de autos CBU 0290075910239091503461; b) 3% de comisión del martillero en la
cuenta en dólares a su nombre CBU 0720097788000002064604, Alias PLATA.TEMBLASE.VOCAL y; c) 0,25% de
arancel de la C.S.J.N. según Acordada 10/99 en la cuenta corriente especial Nº 15923/8 PJN-0500/335- “Corte
suprema de Justicia de la Nación Dir. Adm. Dep. acord. 10/99” CBU: 0290005610000001592389.La adjudicación
recaerá en el postor que, luego de la puja que se realizará en el período de la celebración de la subasta, ofrezca
el precio más alto establecido en el cuadro de tramos, determinado previamente por el sistema informático,
correspondiendo a cada uno de ellos un monto determinado, cuyo primer importe será el valor de la base,
incrementándose los posteriores en un cinco por ciento (5%) respecto del tramo inicial (art. 19 y 20 del Regla
de Subastas Electrónicas Judiciales, aprobado por Ac. CSJN N° 15/25). En caso de que exista igualdad entre
posturas máximas secretas, tendrá prioridad aquella realizada con fecha y/u hora anterior (art. 21 del Regla de
Subastas Electrónicas Judiciales, aprobado por Ac. CSJN N° 15/25). No se permitirá la compra en comisión. El
comprador deberá hacerse cargo de las deudas por impuestos, tasas, contribuciones pesen sobre el inmueble
conforme fuera informado por los respectivos organismos. La asunción de estas obligaciones por el tercero
adquirente, no es oponible a los entes acreedores. Los depósitos en garantía de quienes no resultaren ganadores
serán restituidos al titular, de manera inmediata, mediante transferencia judicial, excepto que hubieran ejercido
la opción de reserva de postura. En ese caso, podrán requerir la devolución en cualquier momento posterior al
final de la subasta. En el supuesto que no se hubiera solicitado, el Juzgado ordenará la devolución luego de que
se perfeccione la venta en cabeza de otro postor o, en su caso, de que se produzca el sobreseimiento del juicio
(art. 583 CPCCN). En ningún caso el importe del depósito en garantía devengará intereses ni será actualizado de
manera alguna El depósito en garantía, se tomará a cuenta del saldo del precio. Impónesele al adquirente la carga
de efectuar la transferencia del bien subastado dentro del plazo de 30 días de aprobado el remate e integrado
el saldo de precio, bajo apercibimiento de aplicársele una multa diaria del 0.25% del valor del inmueble. Si el
vencedor de la subasta no integrara el precio, en el caso que haya postores que hubieran hecho ofertas mayores
o iguales al 95% por ciento de la oferta ganadora, se invitará a quien hubiere realizado la segunda mejor oferta,
a ratificarla. Si el interesado lo hiciera, será considerado como el oferente ganador de la subasta; caso contrario,
serán invitados sucesivamente quienes hubieren realizado las siguientes mejores ofertas, siempre que cumplan
la condición prevista más arriba, hasta tanto alguno la ratifique y formalice la venta. Si las siguientes ofertas no
fueren iguales o mayores al 95% de la primera, podrá invitarse, de oficio o a pedido de parte, sucesivamente a
los siguientes postores a ratificarla, siempre que hubiere acuerdo para ello entre el propietario del bien subastado
y el acreedor y no se hubiere retirado el depósito de garantía. El vencedor en la subasta deberá presentar
ante la autoridad judicial competente, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la finalización, la siguiente
documentación: comprobante de inscripción a la subasta; constancia del Código de Postor documentación;
copia de DNI; constancia de CUIT/CUIL; pago del depósito en garantía y toda documentación que, a criterio de
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.963 - Segunda Sección 88 Martes 4 de agosto de 2026
la autoridad judicial, sea necesario acreditar. LUGAR Y FECHA DE EXHIBICIÓN: 05 y 06/09/2026 de 11 a 13hs
respectivamente. CABA, 6 de JULIO de 2026. Dra. María Carolina Corbacho. SECRETARIA (int). Buenos Aires,
de julio de 2027.
VALERIA PEREZ CASADO Juez - MARIA CAROLINA CORBACHO SECRETARIA
e. 03/08/2026 N° 47807/26 v. 04/08/2026