N° 17242/2025 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 17 - SECRETARÍA NRO. 33
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 17 - SECRETARÍA NRO. 33
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 17, Secretaría N° 33, sito en M. T. de Alvear 1840 3°
“331”, de CABA, en autos “ALEMAN, EZEQUIEL s/QUIEBRA” (Expte N° 17242/2025), hace saber por cinco (5) días
que el 13 de julio de 2026 se decretó la quiebra de Ezequiel Aleman (DNI N° 27.859.635 - CUIT N° 20-27859635-5).
La sindicatura será ejercida por la Cdra. Analía Leonor Rinaldi con domicilio en 25 de Mayo 596 Piso 9º de CABA
(Tel: 4811-2269). Los acreedores deberán presentar hasta el 23 de septiembre de 2026 los títulos justificativos
de sus créditos de manera no presencial mediante su remisión en formato PDF por correo electrónico dirigido a
la casilla: estudioyaryurarivello@gmail.com, debiendo los interesados estar para conocer los pormenores de la
metodología fijada por el Juzgado a los términos de la resolución de fs. 78 del 13.07.26, la que puede visualizarse
en la página de internet “www.pjn.gov.ar” o bien directamente en “https://scw.pjn.gov.ar/scw/home.seam”,
completando allí los datos requeridos de la causa, o también consultar telefónicamente a la Síndica. Para el caso
de encontrarse el crédito sujeto al pago del arancel previsto en el art. 32 de la ley 24.522, deberá adjuntarse el
comprobante de pago correspondiente, que deberá hacerse en la CBUN° 0340100808100758529009 - Caja de
Ahorro en pesos Nº100-100758529-000 del Banco Patagonia SA de titularidad de Pablo Mariano Yaryura (DNI
24.036.719 - CUIT 20-24036719-0). De manera excepcional, los interesados que así lo soliciten podrán concordar
día y hora para asistir presencialmente a dejar o presentar sus insinuaciones conforme lo establece el art. 32 de
la ley 24.522 al domicilio de la sindicatura. El plazo para observar las insinuaciones vencerá el 15 de octubre de
2026 (LCQ: 34). Se ha fijado el 30 de noviembre de 2026 para la presentación del informe individual (LCQ: 35) y
el 5 de marzo de 2027 para que se presente el informe general (LCQ: 39). Hácese saber que: a) quienes tengan
en su poder bienes del fallido, deberán ponerlos a disposición de la Sindicatura, en el plazo de 72 hs., bajo
apercibimiento girar actuaciones a Sede Penal; b) se encuentra prohibido hacer pagos al fallido y recibir pagos
de aquél, los que en su caso serán considerados ineficaces; y c) se intima al fallido para que, dentro de las 48
hs., constituya domicilio procesal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del juzgado
(LCQ: 88:7). Dado, sellado y firmado en Buenos Aires, de agosto de 2026. MARIA VIRGINIA VILLARROEL Juez -
MARIANO CUCCARESE SECRETARIO
e. 04/08/2026 N° 53701/26 v. 10/08/2026