N° 54804/26 Aviso del Boletín Oficial
PAMPA ENERGÍA SOLUCIONES S.A.
Texto del aviso
PAMPA ENERGÍA SOLUCIONES S.A.
CUIT 33-71744063-9. Comunica que por Asambleas Generales Extraordinarias del: (i) 28/05/26 se aumentó el
capital en $ 5.681.867.377, de $ 25.000.000 a $ 5.706.867.377, mediante un aporte dinerario, (ii) 01/06/26 se aumentó
el capital en $ 23.408.325.935, es decir de $ 5.706.867.377 a $ 29.115.193.312, mediante un aporte dinerario, (iii)
01/06/26 se aumentó el capital en $ 300.000, es decir de $ 29.115.193.312 a $ 29.115.493.312, mediante un aporte
dinerario (iv) 24/06/26 se aumentó el capital en $ 1.000.000, es decir de $ 29.115.493.312 a $ 29.116.493.312,
mediante un aporte dinerario y (v) 30/06/26 se aumentó el capital en $ 36.000.000, es decir de $ 29.116.493.312
a $ 29.152.493.312, mediante un aporte dinerario. Asimismo, se resolvió reformar en consecuencia el artículo
4° del estatuto y aprobar un nuevo texto ordenado del mismo. Los aumentos mencionados fueron suscriptos
por el accionista Pampa Energía S.A. Quedando la participación accionaria de la siguiente manera: (i) Pampa
Energía S.A.:: 29.132.573.312 acciones escriturales de un peso ($ 1) valor nominal y con derecho a un voto cada
una, representativas del 99,931% del capital social y de los votos. (ii) Generación Argentina S.A.: 19.920.000
acciones escriturales de un peso ($ 1) valor nominal y con derecho a un voto cada una, representativas del
0,068% del capital social y de los votos Se deja constancia que el artículo 4° del estatuto social quedó redactado
de la siguiente manera: “ARTÍCULO CUARTO: El capital social es de veintinueve mil ciento cincuenta y dos
millones cuatrocientos noventa y tres mil trescientos doce pesos ($ 29.152.493.312) representado por veintinueve
mil ciento cincuenta y dos millones cuatrocientos noventa y tres mil trescientos doce (29.152.493.312) de acciones
ordinarias, escriturales de un peso ($ 1) valor nominal cada una y con derecho a un (1) voto por acción. El Capital
podrá ser aumentado por decisión de la Asamblea hasta el quíntuplo de su monto, conforme lo establece el
artículo 188 de la Ley General de Sociedades N° 19.550, pudiendo la Asamblea delegar en el Directorio la fijación
de la época de la emisión, forma y condiciones de pago. Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea
de fecha 30/06/2026.
Maria Agustina Montes - T°: 98 F°: 427 C.P.A.C.F.
e. 07/08/2026 N° 54804/26 v. 07/08/2026