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N° 55767/26 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 25 - SECRETARÍA NRO. 49

Edictos Judiciales martes, 11 de agosto de 2026

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 25 - SECRETARÍA NRO. 49

EDICTO: El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº25, a cargo del Dr. Horacio F. Robledo,

Secretaría Nº49, a cargo de la suscripta, sito en Callao 635 4º piso de esta Capital Federal, hace saber que con

fecha 13 de julio de 2026 en los autos caratulados “OLIVERA DANIEL ENZO S/ QUIEBRA” EXPTE. 11230/2026 se

ha decretado la quiebra de OLIVERA DANIEL ENZO (DNI. 10.623.947-CUIT 23-10623947-9) y, que los acreedores

quedan emplazados hasta el día 25 de septiembre de 2026 a presentar los títulos justificativos de sus créditos

-art.32 LCQ- ante el síndico JUAN ALBERTO PALMIERI, con domicilio en la calle Av. Rivadavia 7190 P. 4 B,

Capital Federal, Tel: 113580-7050, mail: juan.palmieri1@gmail.com y domicilio electrónico en 20116359007,

debiendo presentar sus títulos indicando monto, causa y privilegio, por escrito, en duplicado acompañando los

títulos justificativos con dos copias firmadas, expresando el domicilio que constituya a los efectos del juicio.

Asimismo, se hace saber que el monto del arancel deberá ser depositado en la cuenta del Banco Ciudad de

Buenos Aires, Cuenta: 000405800052686995, perteneciente a Juan Alberto Palmieri, CUIT: 20-11635900-7; CBU:

0290058210000526869957, Alias: jefe.ideal.mecha. El funcionario presentará el informe que prevé el art. 35 de la

ley 24.522 el día 9 de noviembre de 2026 y el prescripto en el art. 39 del mismo cuerpo legal el día 15 de febrero

de 2027. Asimismo se intima a la fallida, para que dentro de las 24 hs haga entrega al síndico de todos sus bienes,

papeles, libros de comercio y documentación contable perteneciente a su negocio o actividad, para que cumpla

los requisitos exigidos por el art 86 de la ley 24.522 y a constituir domicilio dentro del radio del Juzgado. Intímese a

terceros que tengan bienes y documentos de la quebrada en su poder a ponerlos a disposición de la sindicatura en

el plazo de cinco días, prohibiéndose hacer pagos a la misma, los que serán considerados ineficaces. Publíquese

por 5 días sin previo pago. Buenos Aires, de agosto de 2026. SONIA SANTISO SECRETARIA

e. 11/08/2026 N° 55767/26 v. 18/08/2026