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N° 44909/26 Aviso del Boletín Oficial

RIVERA ECO NÁUTICO S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 13 de agosto de 2026

Texto del aviso

RIVERA ECO NÁUTICO S.A.

AVISO RECTIFICATORIO de Publicación del 29/06/2026 N° 44909/26 (por 1 día). Por Escritura del 31/07/2026

Registro 456 se modificó el OBJETO SOCIAL de RIVERA ECO NÁUTICO S.A., quedando redactado de la siguiente

manera: ARTÍCULO TERCERO: OBJETO. La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia sí o de terceros

y/o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, la realización de las siguientes actividades: 1. Compra,

venta, administración e inversión en toda clase de bienes inmuebles, urbanos y rurales, ubicados en la República

Argentina o en el exterior, pudiendo realizar todas las operaciones financieras -quedando excluidas las actividades

comprendidas por la Ley 21.526 de Entidades Financieras-, comerciales o no, necesarias o convenientes para

la concreción del presente objeto social. 2. La compra, venta, permuta, adquisición y/o transferencia por

cualquier título oneroso incluyendo permisos adquiridos por compra, cesión, transferencia, posesión, fusión, u

otorgamiento por parte del poder público, pudiendo al efecto solicitar de los gobiernos nacionales, provinciales,

municipales, permisos y concesiones de toda clase de bienes inmuebles aptos para cualquier destino. 3.

Desarrollar emprendimientos y/o conjuntos inmobiliarios, fraccionamientos, loteos, subdivisión, incluso por el

régimen de propiedad horizontal, urbanización, parcelamiento, organización, aprovechamiento, explotación y/o

enajenación, inclusive por el régimen de propiedad horizontal, bajo cualquier modalidad jurídica nominada o

innominada, incluyendo la compraventa, locación, arrendamiento, leasing, fideicomiso, concesión, contrato de

hospedaje, contrato de garaje, cesión, contratos por los cuales se constituyan y/o transmitan derechos reales

y/o derechos personales o creditorios de todo género de inmuebles, propios y/o de terceros, sean urbanos o

rurales, situados en la República Argentina o en el exterior, con las finalidades y/o destinos que, con sujeción a

la normativa vigente, se estimare en cada caso más convenientes, tales como viviendas, oficinas comerciales

y/o profesionales, locales comerciales y/o centros de comercialización a cualquier escala, explotación de

establecimientos hoteleros, apart-hoteles, hosterías, hospedaje, alojamiento, tiempos compartidos, shopping

center, galerías comerciales, garajes, cocheras, playas de estacionamiento, loteos, countries, barrios cerrados,

centros deportivos, recreativos, turísticos y/o de esparcimiento, restaurante y bar, sus instalaciones, accesorios

y/o complementarios para servicios y atención de sus clientes. 4. Construcción, refacción, financiación y

administración de inmuebles urbanos o rurales, pudiendo asimismo construir edificios para renta o comercio,

proyecto, dirección, administración y ejecución de obras públicas y privadas, de proyectos relacionados con

la construcción, refacción y/o demolición de edificios comprendidos o no dentro de la legislación de propiedad

horizontal, de pavimentos, edificios, barrios privados, clubes de campo, incluso bajo el régimen de Propiedad

Horizontal y Propiedad Horizontal especial para conjuntos inmobiliarios. 5. Aporte e inversión de capitales,

suscripción de acciones, la compra, venta e inversiones de títulos, acciones y toda clase de valores y papeles de

cualquiera de los sistemas y modalidades creados o a crearse, tanto sea de empresas o estados, argentino como

extranjeros. 6. Actuar como fiduciaria en los términos del artículo 1666 y siguientes del Código Civil y Comercial

de la Nación o norma que en el futuro lo reemplace, especialmente fideicomisos de administración, inmobiliarios

y de gerenciamiento, excepto fideicomisos financieros. 7. Efectuar cualquier actividad mandataria mediante la

realización de toda clase de mandatos con o sin representación, inclusive de carácter fiduciario, en las condiciones

permitidas por las leyes y reglamentos vigentes. 8. Otorgar o recibir préstamos en dinero o en especie a todo

tipo de sociedades como asimismo particulares, pudiendo constituir o transferir hipotecas, prendas, cauciones u

otras garantías o derechos u otorgamientos de créditos y la realización de todo tipo de operaciones financieras,

quedando excluidas las actividades comprendidas por la Ley 21.526 de Entidades Financieras, con el fin de dar

cumplimiento con el presente objeto social. A tal fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir

derechos, contraer y afianzar obligaciones, y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este

estatuto.- Autorizado según instrumento público Esc. Nº 55 de fecha 23/06/2026 Reg. Nº 456

ROMINA ELISABET BRACHINGER - T°: 132 F°: 626 C.P.A.C.F.

e. 13/08/2026 N° 56433/26 v. 13/08/2026