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N° 57141/26 Aviso del Boletín Oficial

LINEAS DE TRANSMISIÓN DEL LITORAL S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS viernes, 14 de agosto de 2026

Texto del aviso

LINEAS DE TRANSMISIÓN DEL LITORAL S.A.

CUIT 30-67909599-0. Se hace saber que (i) por Acta de Asamblea General Ordinaria de Accionistas de fecha

8/7/2026 se aceptó la renuncia del Director Suplente Hilario Magliano y se designó al Sr. Martín Fernández

Dussaut como Director Suplente; (ii) por Acta de Asamblea General Extraordinaria de fecha 24/07/2026 se

resolvió: (a) aprobar el cambio de denominación social y modificar el artículo primero del Estatuto, el que queda

redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO PRIMERO: La sociedad se denomina ‘LÍNEAS DE TRANSMISIÓN

DEL LITORAL S.A.U.’, continuadora de ‘LÍNEAS DE TRANSMISIÓN DEL LITORAL S.A.’ y tiene su domicilio legal

en la Ciudad de Buenos Aires, pudiendo establecer sucursales, agencias o cualquier otro tipo de representación

dentro o fuera del país”; y (b) modificar el objeto social y reformar el artículo tercero del Estatuto en los siguientes

términos: “ARTÍCULO TERCERO: Tiene por objeto construir, operar, mantener y prestar servicios de transporte

de electricidad del Segundo Tramo del Sistema de Transmisión Asociado a la Central Hidroeléctrica de Yacyretá.

En particular podrá presentar una oferta para el Concurso Público Internacional para la adjudicación del o de

los Contratos de Construcción, Operación y Mantenimiento del Segundo Tramo del Sistema de Transmisión

Asociado a la Central Hidroeléctrica de Yacyretá (Provincia de Corrientes), utilizándose en el presente para una

mayor precisión las definiciones contenidas en el Artículo 1.4. de su Pliego de Bases y Condiciones. Podrá realizar

por cuenta propia o de terceros o asociada con terceros todas las actividades tendientes al ejercicio de todos

los derechos y al cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones principales y/o accesorias originadas en

el Contrato de Electroducto a celebrarse con la Unidad Especial de Sistema de Transmisión Yacyretá (UESTY) y

toda otra obligación emergente del Concurso. Asimismo, la sociedad podrá, actuando directa o indirectamente

(incluyendo a través de las actividades mencionadas en el presente objeto), ya sea en forma individual o a

través de terceros, construir, operar, mantener y prestar servicios de transporte de electricidad y las respectivas

ampliaciones de los respectivos sistemas; prestar servicios de operación y mantenimiento de instalaciones de

transporte de energía eléctrica de terceros, de ingeniería y concepción de proyectos, de asesoramiento y de

consultoría vinculados con el transporte de energía eléctrica, tanto en el país como en el exterior. Los contratos

de construcción, operación y mantenimiento de instalaciones de transporte de energía eléctrica de terceros

requerirán previa aprobación por el ENRE. La Sociedad también podrá prestar y/o comercializar servicios de

telecomunicaciones, de acuerdo con la normativa vigente en esa materia. Para el cumplimiento de su objeto, la

Sociedad tendrá plena capacidad para realizar las siguientes actividades: a) Construcción: Mediante la ejecución

de toda clase de obras públicas y privadas relativas a su objeto o que sean consecuencia directa o indirecta de

la Contratación objeto del Concurso. Quedan incluidas todas las actividades de mantenimiento, construcción,

reparación de la infraestructura necesarias para el cumplimiento del objeto social. b) Servicios: Prestar servicios

de mantenimiento y operación conforme al Contrato de Electroducto, o de otros contratos que se celebren y las

reglamentaciones vigentes. c) Comerciales: La compra, venta, locación, importación, exportación, distribución

y permuta de bienes de todo tipo relacionados con su objeto social. d) Financieras: Aceptar, recibir o dar dinero

u otros valores, préstamos a plazo determinado o reembolsables en determinada forma y/o condiciones con

o sin garantías de acuerdo a las exigencias legales o reglamentarias aplicables, otorgar o asumir créditos,

descontar, endosar y aceptar letras de cambio, giros, cheques, warrants y demás instrumentos financieros. Abrir

cuentas corrientes, con o sin provisión de fondos. Conceder, constituir, ceder, descontar o transferir hipotecas,

prendas y todo otro derecho real, sin limitación alguna, y operar en las bolsas y mercados de valores del país

y del extranjero. Realizar en general toda clase de operaciones financieras con exclusión de las previstas en

la ley Nº 21.526 u otras por las que se requiere el concurso público de capitales. Por decisión de la asamblea

ordinaria de accionistas queda facultada para contraer empréstitos, en forma pública o privada, mediante la

emisión de debentures u obligaciones negociables dentro o fuera del país y en las monedas que establezca.

Los debentures podrán emitirse con garantía flotante, con garantía especial o con garantía común, pudiendo

ser en moneda extranjera y convertirse en acciones de acuerdo con el programa de emisión. Las obligaciones

negociables se sujetarán al régimen de la ley Nº 23.576 y sus modificaciones introducidas por la ley Nº 23.962

y sus reglamentaciones presentes y futuras. e) Mandatos: Ejercer representaciones y mandatos vinculados a su

objeto social. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad goza de plena capacidad para adquirir derechos,

contraer obligaciones, pudiendo realizar toda clase de actos jurídicos relacionados con el objeto social y que no

sean prohibidos por las leyes o por este Estatuto”; y (iii) por Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de fecha

24/07/2026 se designaron 5 Directores Titulares y 3 Directores Suplentes, quedando el Directorio constituido

de la siguiente manera y con los siguiente domicilios especiales: Presidente: Ignacio Javier Layús, Avenida del

Libertador N° 602, Piso 20, C.A.B.A.; Directores Titulares: Eduardo Maggi, Roque Pérez N° 3650, C.A.B.A.;

Norberto Bruno, Avenida Madero N° 1170, Piso 26, C.A.B.A.; Fernando Mariano Barreto, Avenida del Libertador

N° 602, Piso 20, C.A.B.A.; Jorge Juan Sandro Agnelli, Avenida del Libertador N° 602, Piso 20, C.A.B.A.; Directores

Suplentes: Tomás Napadensky, Avenida del Libertador N° 602, Piso 20, C.A.B.A.; Juan Moine, Roque Pérez

N° 3650, C.A.B.A.; Martín Fernández Dussaut, Madero N° 1170, Piso 26, C.A.B.A. Todos los Directores titulares y

suplentes aceptaron sus respectivos cargos y constituyeron domicilios especiales. Autorizado según instrumento

privado Reunión de Socios de fecha 24/07/2026.

Diego Manuel Allegue - T°: 82 F°: 451 C.P.A.C.F.

e. 14/08/2026 N° 57141/26 v. 14/08/2026