N° 57141/26 Aviso del Boletín Oficial
LINEAS DE TRANSMISIÓN DEL LITORAL S.A.
Texto del aviso
LINEAS DE TRANSMISIÓN DEL LITORAL S.A.
CUIT 30-67909599-0. Se hace saber que (i) por Acta de Asamblea General Ordinaria de Accionistas de fecha
8/7/2026 se aceptó la renuncia del Director Suplente Hilario Magliano y se designó al Sr. Martín Fernández
Dussaut como Director Suplente; (ii) por Acta de Asamblea General Extraordinaria de fecha 24/07/2026 se
resolvió: (a) aprobar el cambio de denominación social y modificar el artículo primero del Estatuto, el que queda
redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO PRIMERO: La sociedad se denomina ‘LÍNEAS DE TRANSMISIÓN
DEL LITORAL S.A.U.’, continuadora de ‘LÍNEAS DE TRANSMISIÓN DEL LITORAL S.A.’ y tiene su domicilio legal
en la Ciudad de Buenos Aires, pudiendo establecer sucursales, agencias o cualquier otro tipo de representación
dentro o fuera del país”; y (b) modificar el objeto social y reformar el artículo tercero del Estatuto en los siguientes
términos: “ARTÍCULO TERCERO: Tiene por objeto construir, operar, mantener y prestar servicios de transporte
de electricidad del Segundo Tramo del Sistema de Transmisión Asociado a la Central Hidroeléctrica de Yacyretá.
En particular podrá presentar una oferta para el Concurso Público Internacional para la adjudicación del o de
los Contratos de Construcción, Operación y Mantenimiento del Segundo Tramo del Sistema de Transmisión
Asociado a la Central Hidroeléctrica de Yacyretá (Provincia de Corrientes), utilizándose en el presente para una
mayor precisión las definiciones contenidas en el Artículo 1.4. de su Pliego de Bases y Condiciones. Podrá realizar
por cuenta propia o de terceros o asociada con terceros todas las actividades tendientes al ejercicio de todos
los derechos y al cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones principales y/o accesorias originadas en
el Contrato de Electroducto a celebrarse con la Unidad Especial de Sistema de Transmisión Yacyretá (UESTY) y
toda otra obligación emergente del Concurso. Asimismo, la sociedad podrá, actuando directa o indirectamente
(incluyendo a través de las actividades mencionadas en el presente objeto), ya sea en forma individual o a
través de terceros, construir, operar, mantener y prestar servicios de transporte de electricidad y las respectivas
ampliaciones de los respectivos sistemas; prestar servicios de operación y mantenimiento de instalaciones de
transporte de energía eléctrica de terceros, de ingeniería y concepción de proyectos, de asesoramiento y de
consultoría vinculados con el transporte de energía eléctrica, tanto en el país como en el exterior. Los contratos
de construcción, operación y mantenimiento de instalaciones de transporte de energía eléctrica de terceros
requerirán previa aprobación por el ENRE. La Sociedad también podrá prestar y/o comercializar servicios de
telecomunicaciones, de acuerdo con la normativa vigente en esa materia. Para el cumplimiento de su objeto, la
Sociedad tendrá plena capacidad para realizar las siguientes actividades: a) Construcción: Mediante la ejecución
de toda clase de obras públicas y privadas relativas a su objeto o que sean consecuencia directa o indirecta de
la Contratación objeto del Concurso. Quedan incluidas todas las actividades de mantenimiento, construcción,
reparación de la infraestructura necesarias para el cumplimiento del objeto social. b) Servicios: Prestar servicios
de mantenimiento y operación conforme al Contrato de Electroducto, o de otros contratos que se celebren y las
reglamentaciones vigentes. c) Comerciales: La compra, venta, locación, importación, exportación, distribución
y permuta de bienes de todo tipo relacionados con su objeto social. d) Financieras: Aceptar, recibir o dar dinero
u otros valores, préstamos a plazo determinado o reembolsables en determinada forma y/o condiciones con
o sin garantías de acuerdo a las exigencias legales o reglamentarias aplicables, otorgar o asumir créditos,
descontar, endosar y aceptar letras de cambio, giros, cheques, warrants y demás instrumentos financieros. Abrir
cuentas corrientes, con o sin provisión de fondos. Conceder, constituir, ceder, descontar o transferir hipotecas,
prendas y todo otro derecho real, sin limitación alguna, y operar en las bolsas y mercados de valores del país
y del extranjero. Realizar en general toda clase de operaciones financieras con exclusión de las previstas en
la ley Nº 21.526 u otras por las que se requiere el concurso público de capitales. Por decisión de la asamblea
ordinaria de accionistas queda facultada para contraer empréstitos, en forma pública o privada, mediante la
emisión de debentures u obligaciones negociables dentro o fuera del país y en las monedas que establezca.
Los debentures podrán emitirse con garantía flotante, con garantía especial o con garantía común, pudiendo
ser en moneda extranjera y convertirse en acciones de acuerdo con el programa de emisión. Las obligaciones
negociables se sujetarán al régimen de la ley Nº 23.576 y sus modificaciones introducidas por la ley Nº 23.962
y sus reglamentaciones presentes y futuras. e) Mandatos: Ejercer representaciones y mandatos vinculados a su
objeto social. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad goza de plena capacidad para adquirir derechos,
contraer obligaciones, pudiendo realizar toda clase de actos jurídicos relacionados con el objeto social y que no
sean prohibidos por las leyes o por este Estatuto”; y (iii) por Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de fecha
24/07/2026 se designaron 5 Directores Titulares y 3 Directores Suplentes, quedando el Directorio constituido
de la siguiente manera y con los siguiente domicilios especiales: Presidente: Ignacio Javier Layús, Avenida del
Libertador N° 602, Piso 20, C.A.B.A.; Directores Titulares: Eduardo Maggi, Roque Pérez N° 3650, C.A.B.A.;
Norberto Bruno, Avenida Madero N° 1170, Piso 26, C.A.B.A.; Fernando Mariano Barreto, Avenida del Libertador
N° 602, Piso 20, C.A.B.A.; Jorge Juan Sandro Agnelli, Avenida del Libertador N° 602, Piso 20, C.A.B.A.; Directores
Suplentes: Tomás Napadensky, Avenida del Libertador N° 602, Piso 20, C.A.B.A.; Juan Moine, Roque Pérez
N° 3650, C.A.B.A.; Martín Fernández Dussaut, Madero N° 1170, Piso 26, C.A.B.A. Todos los Directores titulares y
suplentes aceptaron sus respectivos cargos y constituyeron domicilios especiales. Autorizado según instrumento
privado Reunión de Socios de fecha 24/07/2026.
Diego Manuel Allegue - T°: 82 F°: 451 C.P.A.C.F.
e. 14/08/2026 N° 57141/26 v. 14/08/2026