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N° 57638/26 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL

Edictos Judiciales jueves, 20 de agosto de 2026

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL

Y CORRECCIONAL NRO. 38 - SECRETARÍA NRO. 132

Se hace saber que con fecha 14 de agosto de 2026, en el marco de la causa Nro 15025/2022 (y su acumulada

jurídica 7383/2026) caratulada “Moreno Cerda Alan Andres y otros s/ robo en poblado y en banda”, del registro del

Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Nro 38, Secretaría Nro 132, se ha ordenado lo que a continuación,

en su parte pertinente se transcribe: “...Buenos Aires, 14 de agosto de 2026... III. En atención al resultado de las

pericias ordenadas en autos, convóquese a Pablo Isaul Cerda Arellano -RUN Chilena 19 -283950-5- a prestar

declaración indagatoria, fijándose audiencia para el próximo 26 de agosto de 2026 a las 10:30 horas. Hágase

saber que, una vez notificada y designada su defensa, podrá solicitar que la audiencia ordenada sea llevaba a

cabo mediante el sistema de videoconferencia, conforme a los lineamientos trazados en las Acordadas 14/20

y 31/20 y ss de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Notifíquese al encartado a los domicilios que se

obtengan, haciéndole saber que, si dentro de las próximas 72 horas no designa un abogado de su confianza, será

asistido por la Defensoría Oficial N° 10. IV. No obstante lo ordenado en el punto dispositivo III y atento al resultado

de las pericias realizadas y lo informado por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº 28, corresponde

disponer la averiguación de paradero de Pablo Isaul Cerda Arellano (alias Diego Alejandro Cerda Álvarez) y su

posterior notificación del requerimiento del tribunal a su respecto -artículo 294 del CPPN.-, por cuanto no obran

constancias y, por ende, mal pueden tenerse por reunidos los extremos del artículo 282 del CPPN. En este sentido,

y ante el desconocimiento del actual paradero de Cerda Arellano corresponde citarlo mediante edictos, los que

deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término de 5 días, a efectos de dar cumplimiento con la declaración

ordenada en autos. Asimismo, en virtud de lo expuesto, considero que en el caso traído a estudio corresponde

librar oficio al Sr. Jefe del Sistema Federal de Comunicaciones Policiales -SIFCOP- para que notifique a las

fuerzas que correspondan que, habido que sea el acusado, se lo notifique del llamado a indagatoria, debiendo

presentarse dentro del tercer día bajo apercibimiento, en caso de inasistencia injustificada, de declararla en

rebeldía y ordenar su inmediata captura, pues estando fehacientemente notificadas su renuencia a comparecer

no descansará ya en la ignorancia de la citación cursada, sino en la inequívoca intención de sustraerse a la acción

de la justicia...” Fdo.: PRS. Fabiana Palmaghini - Jueza-. Ante mí: Federico N. Romero -Secretario-. PRS Fabiana

Palmaghini -Jueza- Juez - Federico Romero Secretario

e. 18/08/2026 N° 57638/26 v. 24/08/2026