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N° 58557/26 Aviso del Boletín Oficial

ESTANCIAS DEL SUR EL PORVENIR S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA viernes, 21 de agosto de 2026

Texto del aviso

ESTANCIAS DEL SUR EL PORVENIR S.R.L.

Constituida por Esc. Nº 279 del 29/07/2026 por ante el Registro 1685 de C.A.B.A.- Socios: Carlos Adolfo CHOMER,

argentino, nacido el 19/10/1951, DNI: 10.155.480, CUIT. 20-10155480-6, divorciado de sus primeras nupcias de

Verónica Dziob, empresario, domiciliado en Arribeños 1340, Piso 1º, de C.A.B.A.; y Carla Sofia CHOMER, argentina,

nacida el 12/12/1988, DNI: 34.230.677, CUIT. 27-34230677-8, soltera, empresaria, domiciliada en Panamericana

Ramal Pilar Km 37,5 0, Piso L 262, Tortuguitas, Pcia. de Bs. As.- 1) Denominación: “ESTANCIAS DEL SUR EL

PORVENIR S.R.L.”.- 2) Duración: 99 años 3) Objeto: la realización por sí, por cuenta de terceros o asociada a

terceros, en la República Argentina como en el exterior del país de las siguientes actividades: a) CONSTRUCCIÓN:

Construcción de edificios y desarrollos de obras edilicias, estructuras metálicas, de hormigón u otros métodos

constructivos, ya sea a través de contrataciones directas o de licitaciones, para la construcción, y cualquier otro

trabajo del ramo de la ingeniería o arquitectura, obras civiles y todo tipo de obras de ingeniería de carácter público

o privado. Construcción y venta de edificios por el régimen de propiedad horizontal, conjuntos inmobiliarios, loteo

de tierras o cualquier otro método de comercialización, y en general, la construcción y compraventa de todo tipo

de inmuebles, asimismo, corresponde al objeto social la intermediación en la compraventa, desarrollo inmobiliario,

administración y explotación de bienes inmuebles propios o de terceros y de mandatos. Asimismo, podrá realizar

la compra, venta, fabricación, distribución, exportación e importación de insumos, productos y materiales afines a

la industria de la construcción.- Todas las operaciones que así lo requieran serán desarrolladas por profesionales

con título habilitante. b) INMOBILIARIA: Compra, venta, permuta, alquiler, arrendamiento de propiedades

inmuebles, inclusive las comprendidas bajo el régimen de propiedad horizontal, conjuntos inmobiliarios, loteo de

tierras o cualquier otro método de comercialización, así como también toda clase de operaciones inmobiliarias,

incluyendo el fraccionamiento y posterior loteo de parcelas destinadas a vivienda, urbanización, clubes de campo,

barrios privados, parques industriales o cualquiera de los emprendimientos urbanísticos enumerados en el artículo

2073 del Código Civil y Comercial de la Nación, pudiendo tomar para la venta o comercialización operaciones

inmobiliarias de terceros. Podrá, inclusive, realizar todas las operaciones sobre inmuebles que autoricen las leyes

y las comprendidas el régimen de propiedad horizontal y propiedad horizontal especial. También podrá dedicarse

a la administración de propiedades inmuebles, propias o de terceros. c) FINANCIERA: otorgamiento de créditos

para completar el precio de venta de las unidades que integren los desarrollos y construcciones edilicias que

realice la sociedad o terceros. No se realizarán operaciones regidas por la Ley 21.526 y concurso público. d)

FIDUCIARIA: mediante la intervención en actividades previstas en el Artículo 1666 del Código Civil y Comercial

y subsiguientes, pudiendo revestir el carácter de fiduciario, fideicomisario, fiduciante o beneficiario, en cualquier

tipo de fideicomiso, con excepción de los fideicomisos financieros, y en un todo de acuerdo con lo dispuesto

por el Artículo 1701 y subsiguientes, pudiendo actuar como administradora de propiedades y consorcios, bajo el

régimen de Propiedad Horizontal, gestiones de negocios, representaciones y mandatos. Todas las actividades

que lo requieran serán desarrolladas por profesionales con título habilitante. Para el cumplimiento de su objeto la

sociedad podrá realizar toda clase de actos, contratos y operaciones que se relacionen directa o indirectamente

con el objeto social.- 4) Capital: $ 30.000.000 dividido en 30.000 de cuotas de $ 1.000 valor nominal c/u, suscriptas

de la siguiente forma: Carlos Adolfo CHOMER, 25.500 cuotas y Carla Sofia CHOMER, 4.500 cuotas.- Integración:

25%.- Plazo para integrar saldo: 6 meses.- 5) La administración y representación de la sociedad está a cargo de

uno o más Gerentes, socios o no, en forma individual e indistinta. Los socios podrán designar suplentes en igual

o menor número que los titulares y por el mismo plazo, a fin de llenar las vacantes que se produzcan, en el orden

de su elección.- Prescinde de Sindicatura.- 6) Cierre de Ejercicio: 30/06.- 7) Gerencia: Carlos Adolfo CHOMER,

quien acepta el cargo y fija domicilio especial en la Sede Social.- 8) Sede Social: Jorge Newbery 1519, Piso 8º, de

C.A.B.A.- Autorizado según instrumento público Esc. Nº 279 de fecha 29/07/2026 Reg. Nº 1685

Reinaldo Omar Bogado - T°: 92 F°: 731 C.P.A.C.F.

e. 21/08/2026 N° 58557/26 v. 21/08/2026