W20 Argentina W20Argentina

N° 61684/26 Aviso del Boletín Oficial

PRODMOBI S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS martes, 1 de septiembre de 2026

Texto del aviso

PRODMOBI S.A.

CUIT 30-71006955-3. Conforme el Art. 10 inciso b) de la Ley 19.550 se hace saber que por ASAMBLEA GENERAL

EXTRAORDINARIA del 29/06/2026 se resolvió por unanimidad modificar los artículos 4º, 5º, 6º y 7º del Estatuto

Social. La nueva redacción de los Arts. 4 (modificando la composición accionaria del capital social y el valor

nominal de las acciones) y 7 (ampliando la representación legal), que corresponde sea publicada es la siguiente:

“ARTICULO CUARTO: CAPITAL SOCIAL: El capital social es de TRESCIENTOS MIL PESOS ($ 300.000),

representado por ciento ochenta mil (180.000) acciones Clase “A”, de valor nominal un peso cada una, ordinarias

escriturales, con derecho a cinco (5) votos por acción y ciento veinte mil (120.000) acciones Clase “B”, de valor

nominal un peso cada una, ordinarias escriturales, con derecho a un voto por acción. El capital social puede

ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta su quíntuplo, conforme lo dispone el artículo 188

de la Ley 19.550, mediante la emisión de acciones ordinarias Clase A y/o B y/o preferidas, en este último caso

con o sin derecho a voto, según se resuelva por la asamblea al disponerse el aumento. En todos los casos

las acciones serán escriturales. Todas las acciones que se emitan serán de valor nominal un peso cada una,

pudiendo delegarse en el Directorio determinar la época de la emisión, forma y condiciones de pago. – ARTICULO

SEPTIMO: ADMINISTRACION Y REPRESENTACION: La administración y dirección de la sociedad estará a cargo

de un Directorio integrado por uno (1) a cinco (5) miembros titulares y uno o más suplentes. conforme fije la

asamblea general ordinaria. Los Directores suplentes se incorporarán al Directorio por el orden de su designación

en forma automática ante la existencia de la vacancia temporal o definitiva. Los directores durarán en sus cargos

tres ejercicios que se computan desde la fecha en que se traten los estados contables anuales hasta la asamblea

que trate los estados contables anuales correspondientes al tercer ejercicio posterior. La Asamblea fijará su

remuneración; aquellos directores que cumplan funciones técnico-administrativas a tiempo completo podrán

recibir sueldo, además del honorario que le fije la asamblea. El nivel salarial que fije el Directorio será acorde y

no inferior al sueldo que perciban los funcionarios que cumplan funciones gerenciales. El Directorio sesionará

con la mitad más uno de sus Titulares y resolverá ??r mayoría de los presentes. En caso de empate el Presidente

desempatará votando nuevamente. En la primera sesión del Directorio se designará un Presidente, pudiendo

en caso de pluralidad de directores designar un vicepresidente que suplirá al Presidente en caso de ausencia

o impedimento. Los directores constituirán garantía a los fines de cumplir las normas legales aplicables, si las

hubieren y, de así disponerlo la asamblea que designe al directorio, pueden sus integrantes quedar liberados

de constituir garantía. El Directorio tiene todas las facultades para administrar y disponer de los bienes, incluso

aquellas para las cuales la ley requiere poderes especiales, conforme el artículo 375 del Código Civil y Comercial de

la Nación y artículo 9 del Decreto Ley 5965/63. La representación legal de la sociedad corresponde al Presidente

o al Vicepresidente en caso de ausencia o impedimento temporal o total y/o a las personas que -sin perjuicio de

la representación legal que corresponde al Presidente del directorio- el directorio designe”. Autorizado según

instrumento privado Acta de Asamblea Extraordinaria de fecha 29/06/2026

ALFREDO LAURO ROVIRA - T°: 7 F°: 248 C.P.A.C.F.

e. 01/09/2026 N° 61684/26 v. 01/09/2026