N° 63109/26 Aviso del Boletín Oficial
NEHUEL S.A.
Texto del aviso
NEHUEL S.A.
CUIT 30-70815106-4. Por Asamblea General Extraordinaria del 26/05/2026, se resolvió modificar el objeto social,
el cual quedó redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO TERCERO. La Sociedad tendrá por objeto realizar por
cuenta propia, de terceros o por intermedio de terceros, en el país y/o en el extranjero las siguientes actividades:
a) Inmobiliarias: mediante la compra, venta, permuta, actividades de geodesia, arrendamiento y/o locación,
construcción en todas sus formas, administración, subdivisiones y loteos de inmuebles urbanos o rurales,
incluidas las operaciones comprendidas en las Leyes y Reglamentos de la Propiedad Horizontal, y constitución
de hipotecas sobre inmuebles propios en garantía de deudas de terceros, previa conformidad del directorio; b)
Explotación Agrícola, Ganadera, Apicultora, Tambera y Forestal de inmuebles de su propiedad y/o de terceros, ya
sea mediante arrendamientos o aparcerías, incluyendo el recupero de tierras áridas o anegadas; c) Producción,
industrialización, acopio, acondicionamiento, transporte, comercialización, exportación e importación de
cereales, insumos agropecuarios, semillas, forrajes, oleaginosas, lácteos, frutos del país y en general todo tipo
de productos y subproductos, agrícolas, ganaderos, apicultores, tamberos, avícolas, frutícolas, hortícolas de
granja, forestales, madera, incluyendo el tratamiento o industrialización primaria de productos cárnicos y lacteos,
y la intermediación en la comercialización de semillas e insumos agropecuarios; d) Locación de equipos de riego,
maquinaria, implementos agrícolas y demás cosas muebles registrables y no registrables; e) Servicios de riego,
asesoramiento agrícola, servicios de labores culturales, y servicios de producción de semillas; f) Textiles: comprar,
vender, comercializar, distribuir, representar, consignar, importar, exportar, fabricar, industrializar y transformar
toda clase de productos, materias primas, insumos, bienes y mercaderías de la industria y el comercio textil,
así como prestar servicios de asesoramiento, asistencia técnica y consultoría vinculados a dicha actividad; g)
Servicios empresariales: brindar servicios de asesoramiento, organización, administración, gestión, planificación,
desarrollo de negocios, asistencia operativa, comercial, administrativa y empresarial a personas humanas y
jurídicas, públicas o privadas; h) Marcas y Activos Intangibles: adquirir, registrar, explotar, licenciar, administrar,
ceder y disponer de marcas, nombres comerciales, patentes, diseños, modelos industriales, franquicias y
demás derechos de propiedad intelectual e industrial relacionados con las actividades sociales. i) Financieras:
inversiones en general tales como las financieras, ya sea en entidades oficiales o privadas, creadas o a crearse,
en las distintas operaciones que las mismas ofrezcan, tales como plazos fijos, fondos comunes de inversión,
cajas de ahorro, compra-venta de títulos públicos y/o privados, acciones, préstamos, hipotecas titularizadas o
no, fideicomisos, operaciones de leasing y cualquier tipo de operación financiera lícita, excluidas las previstas
por la Ley 21.526, siendo esta enumeración meramente enunciativa y no taxativa. Garantizar y/o afianzar
obligaciones de terceros, sean ellos personas físicas o jurídicas, previa conformidad expresa del directorio.
Inversiones en general sobre derechos hereditarios, y derechos sobre bienes muebles e inmuebles. Efectuar
inversiones relativas a la adquisición y explotación de la propiedad de marcas, y consecuentemente disponer
y administrar aquellas; j) Ejercicio de mandatos y representaciones relativos a las actividades enunciadas en
los apartados precedentes. La enumeración que precede es enunciativa y no limitativa, pudiendo la Sociedad
celebrar por medio de sus representantes legales, todos los actos y contratos que consideren convenientes para
su desarrollo y se relacionen a los fines sociales. A tal fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir
derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto”. A
su vez, se modificó el ARTÍCULO OCTAVO a fin de cambiar cómo sesionará el Directorio, adecuar la garantía que
deben prestar los directores y actualizar ciertos artículos citados del Código Civil ya derogado. Autorizado según
instrumento privado Acta de Asamblea Extraordinaria de fecha 26/05/2026
SOFIA DANIELA SANCHEZ - T°: 145 F°: 206 C.P.A.C.F.
e. 04/09/2026 N° 63109/26 v. 04/09/2026