N° 15923/8 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 29 - SECRETARÍA NRO. 57
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 29 - SECRETARÍA NRO. 57
El Juzgado Nacional de 1º Instancia en lo Comercial N°. 29, a cargo del Dr. Hernán Diego Papa, Secretaría N° 57,
a cargo de la Dra. Nancy Rodríguez, sito en Montevideo 546, Piso 4 de esta Ciudad, en los autos: “Incidente Nº 6
- FALLIDO: CREACIONES AMERICANAS S.R.L Y GESTIONES DE VENTA SRL. (MERCADERIA ZONA FRANCA)
s/INCIDENTE DE VENTA”, Expte. Nro. 21324/2023/6, hace saber el inicio del procedimiento de Subastas
Electrónicas Judiciales (Acordada 15/2025 C.S.J.N.) en el Portal https://subastaselectronicasjudiciales.csjn.gov.
ar, por intermedio de los martilleros Horacio Miguel SCIACCA, CUIT 20102658206, Tel 11 4471-2375,
sciaccaservicios@gmail.com, Ricardo Alejandro SÁNCHEZ, CUIT 20-18470790-0, Tel 11 5339-1910,
Martillerosanchez@gmail.com, y Sebastián María SOAJE, CUIT 20-23780308-7, Tel 11 3138-5881, sebastiansoaje@
hotmail.com, respecto de los siguientes lotes de telas: 1) Lote 1. Gran cantidad de rollos de telas, papel y diversos
productos ubicados en depósitos de las firmas Zona Productiva y Seicom–ZONA FRANCA. BASE: U$S 242.521
o bien al tipo de cambio oficial BNA (tipo vendedor) al día de cada pago. 2) Lote 2. Gran cantidad de rollos de telas
ubicados en depósito de la firma JLG–ZONA FRANCA. BASE: U$S 150.796 o bien al tipo de cambio oficial BNA
(tipo vendedor) al día de cada pago. 3) Lote 3. Gran cantidad de rollos de telas ubicados en el depósito de la firma
SELSA–ZONA FRANCA. BASE: U$S 43.184 o bien al tipo de cambio oficial BNA (tipo vendedor) al día de cada
pago. Constatación fs. 3526/91. Los bienes se enajenarán en el estado en que se encuentran, y habiéndoselos
exhibido adecuadamente no se admitirán reclamos de ningún tipo, haciéndole saber a los compradores que la
adquisición de los bienes comprenderá la universalidad de la mercadería incluida en cada uno de los lotes que
se indican. Se aclara que dentro del universo de rollos, telas, prendas, papel y demás bienes comprendidos,
puede existir alguna diferencia de cantidad, calidad, estado de conservación, antigüedad, presentación, utilidad
o valor comercial entre unos bienes y otros. COND. DE VENTA: AD CORPUS, AL MEJOR POSTOR Y EN DOLARES
ESTADOUNIDENSES o bien al tipo de cambio oficial BNA (tipo vendedor) al día de cada pago. La subasta tendrá
una duración de diez (10) días hábiles. Fecha de inicio: 13 DE OCTUBRE DE 2026 A LAS 11:00 HS. Fecha de
finalización: 26 DE OCTUBRE DE 2026 A LAS 11:00 HS., pudiendo extenderse en el supuesto del art. 22 del
Reglamento. Podrá ofertar en la subasta quien se encuentre empadronado en el Registro de Subastas Electrónicas
Judiciales, e inscripto en esta subasta, con una antelación mínima de 3 (tres) días hábiles del comienzo del acto
(fecha máxima de inscripción de postores: 07 DE OCTUBRE DE 2026, 11:00 HS.). El vencedor en la subasta
deberá presentar ante la autoridad judicial competente, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la finalización,
la siguiente documentación: comprobante de inscripción a la subasta; constancia del Código de Postor y toda
documentación que, a criterio de la autoridad judicial, sea necesario acreditar. Además, deberá ratificar el
domicilio oportunamente informado o constituir uno nuevo (art. 26 del Reglamento de Subastas Electrónicas
Judiciales). Se presume que los oferentes tienen debido conocimiento de todas las constancias y decisiones de
autos. Los postulantes deberán depositar en la cuenta judicial de autos una suma equivalente al cinco por ciento
(5%) de la base fijada, como presupuesto de aceptación de su calidad de postor. El depósito deberá encontrarse
acreditado con una antelación mínima de tres (3) días hábiles al inicio del acto de subasta (art. 12), quedando
imputado a cuenta del saldo del precio para quien resulte adjudicatario. DEPÓSITO: Las sumas deberán
depositarse en la cuenta judicial de autos en el Banco Ciudad (Sucursal Tribunales) a la orden del Juzgado y con
referencia a estos obrados. Queda prohibida la compra “en comisión”, así como la cesión del boleto de
compraventa y no se autoriza la cesión del acta de adjudicación. El comprador abonará, dentro de los tres (3) días
hábiles de finalizado el acto del remate: a) el precio en la cuenta abierta en este expediente principal (cuenta de
autos: BANCO CIUDAD, CTA. EN PESOS Nro. Libro 913, Folio 115, DV. 7, CBU: 0290075901250091301156 o
BANCO CIUDAD, CTA. EN DÓLARES Nro. Libro 915, Folio 603, DV. 9, CBU: 0290075911250091506039, b)
comisión del 10%: el 1/3 de la comisión + IVA en la cuenta denunciada del martillero Soaje, el 1/3 de la comisión
en la cuenta denunciada del martillero Sánchez, el restante 1/3 de la comisión en la cuenta denunciada del
martillero Sciacca; y c) 0,25% de arancel de la C.S.J.N. según Acordada 10/99 en cuenta corriente especial
Nº 15923/8 PJN0500/335- “Corte suprema de Justicia de la Nación Dir. Adm. Dep. acord. 10/99” CBU:
0290005610000001592389, en pesos. CONOCIMIENTO DE AUTOS: La formulación de ofertas implica el
conocimiento y aceptación de todos los términos y condiciones de la venta. Los postores declaran conocer el
estado de los bienes y las reglas del sistema de subastas electrónicas. Las deudas que se registren anteriores al
decreto de quiebra, deberán ser verificadas por el organismo acreedor; las devengadas a partir del referido
decreto y hasta la toma de posesión del adquirente serán a cargo de la quiebra -debiendo el comprador
cumplimentar la toma de posesión y el acto traslativo de dominio dentro de los treinta día de acreditado el saldo
de precio-, y sólo los devengados con posterioridad a la toma de posesión, o, en su defecto, cumplidos los treinta
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.986 - Segunda Sección 127 Lunes 7 de septiembre de 2026
días arriba fijados, estarán a cargo de los compradores. El comprador deberá afrontar, a su exclusivo cargo, los
impuestos, tasas, tributos y demás conceptos que pudieran corresponder ante ARCA (Aduana) y serán solventados
conforme “la determinación que practique el organismo competente en la oportunidad que corresponda”, para la
nacionalización de la mercadería y su ingreso al país. Tales conceptos deberán calcularse al valor FOB declarado
al momento de la importación de la mercadería por la fallida. Se aclara que la venta judicial de la mercadería
ubicada en Zona Franca no se encuentra gravada por el IVA, sin perjuicio de los tributos, derechos o conceptos
aduaneros que pudieran corresponder con motivo de su eventual nacionalización, conforme lo que surge de lo
informado por ARCA con fecha 20.8.25, 25.9.25, 3.10.25, 17.10.25. Para el supuesto que resulte exigible el
impuesto de sellos, el 100% de tal tributo estará a cargo del comprador, quien asumirá su pago tanto por la parte
compradora como por la parte vendedora. Se deja constancia que no podrá el comprador promover, sustanciar
o mantener incidencias, planteos o reclamos vinculados con la operación mientras no se encuentre previamente
íntegramente saldado y cancelado el precio de compra, con más los gastos, comisiones, tributos y demás
conceptos que correspondan a su cargo. Se hace saber que una vez aprobado el remate, integrado íntegramente
el precio y cumplidos los demás recaudos de la operación, la entrega de la posesión de la mercadería se
instrumentará mediante acta a labrarse en el depósito o logística correspondiente, con intervención de los Sres.
Martilleros y del adquirente. A partir de dicha entrega de posesión, la mercadería permanecerá bajo exclusiva
responsabilidad del comprador, quien deberá asumir desde ese momento los costos de guarda, conservación,
depósito, gestión, nacionalización y retiro que correspondan, debiendo los Sres. Martilleros comunicar dicha
acta al respectivo depósito fiscal a fin de que tome razón del nuevo titular o responsable del lote adquirido.
Exhibición: ZONA FRANCA LA PLATA, ubicada en Juan Domingo Perón e Hipólito Yrigoyen S/Nº, Ensenada, Pcia.
de Buenos Aires, Depósitos Zona Productiva, Seicom, JLG y SELSA, el día 25 de septiembre de 2026, en el
horario de 10 a 16 hs. Podrá coordinarse con los martilleros alguna visita puntual fuera del día y horario establecido,
siempre que sea antes del 2 de octubre de 2026. El ingreso a ZONA FRANCA supone un registro anterior de
visitantes, por lo que los interesados deberán comunicar a los martilleros su nombre y DNI, con 72 hs. hábiles
previas a la visita. Ver condiciones: Obligación/es del/los comprador/es y Requisitos de las ofertas a fs. 3595
Buenos Aires, septiembre del 2026.-
HERNAN DIEGO PAPA Juez - NANCY RODRIGUEZ SECRETARIA
e. 04/09/2026 N° 63461/26 v. 07/09/2026