W20 Argentina W20Argentina

N° 63933/26 Aviso del Boletín Oficial

MERCADO Y FRIGORIFICO LINIERS S.A.C.I.I.F. Y A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS lunes, 7 de septiembre de 2026

Texto del aviso

MERCADO Y FRIGORIFICO LINIERS S.A.C.I.I.F. Y A.

30-53636661-6, Por acta de asamblea del 27/07/2026 se resolvió REFORMAR los Artículos 2°, 3°, 5°, 6°,7°, 8°,

9°, 10° y ° 12 del estatuto social.Quedando redactados los ARTICULOS PERTINENTES de la siguiente manera:

‘“Art. SEGUNDO: La duración de la sociedad será hasta el día treinta y uno de diciembre del año dos mil ciento

veinticinco, pudiendo dicho plazo ser prorrogado o anticipado por resolución de la Asamblea”.”Art. TERCERO:

La sociedad tiene por objeto dedicarse a desarrollar por cuenta propia, y/o de terceros o asociados a terceros,

en cualquier parte de la República Argentina o en el extranjero las siguientes actividades: COMERCIALES:

organización y explotación de toda especie de Mercados de abasto, por mayor y/o por menor, supermercados,

frigoríficos y fábricas de hielo; compra y/o venta, al por mayor y/o por menor, conservación, importación,

exportación, distribución, representación, consignación y cualquier otra forma lícita de comercialización de

productos vinculados con el punto precedente y de todos aquellos bienes que no estén expresamente prohibidos

por las leyes vigentes, incluyendo pero no limitado a bienes muebles, mercaderías en general, frutos y productos

de toda clase, materias primas, semovientes, maquinarias de todo tipo así como sus repuestos y accesorios,

modelos y diseños industriales, patentes y marcas nacionales y extranjeras. INDUSTRIALES: Mediante la

elaboración, procesamiento, transformación, ensamble, empaquetado, armado, congelado, guardado y

distribución, por cuenta propia y/o de terceros, de toda clase de productos alimenticios, metalúrgicos, para

el hogar, tecnológicos, electrónicos, de computación, químicos, textiles, de papel, cartón, plástico, madera,

sanitarios, eléctricos y afines.CONSTRUCTORA - INMOBILIARIA: adquisición, subdivisión, venta, permuta,

arrendamiento, explotación y administración de todo tipo de inmuebles, urbanos y rurales, en todos sus aspectos

y modalidades, incluso la intermediación inmobiliaria de todo tipo y su administración, y las comprendidas en las

leyes y reglamentaciones sobre propiedad horizontal o por cualquier otra forma o figura legal, así como también

la construcción, reforma, re funcionalización, desarrollo, explotación y administración de todo tipo de inmuebles

y proyectos inmobiliarios, de cualquier clase y naturaleza, incluyendo pero no limitado a edificios de viviendas,

barrios cerrados y/o similares, locales, centros comerciales, parques industriales, fábricas, edificios de cocheras,

y actividades vinculadas. FINANCIERAS: Mediante aportes de capitales a empresas y/o sociedades constituidas

o a constituirse o a personas, para negocios realizados o a realizarse; constitución, adquisición, transferencia,

enajenación y negociación de derechos reales o créditos, con o sin garantía real, compra, venta y permuta de

títulos, acciones u otros valores mobiliarios y otorgamiento de créditos en general con cualquiera de las garantías

previstas en la legislación vigente o sin ellas, relacionados o no con el resto de sus actividades. Se establece en

forma expresa que la sociedad no realizará operaciones que requieran de la oferta pública de valores negociables

ni operaciones reservadas a entidades financieras conforme la legislación vigente. AGROPECUARIAS: mediante la

explotación y administración de campos, bosques y haciendas mediante su compra, venta, cultivo, arrendamiento

y aprovechamiento integral de sus riquezas. MANDATOS - SERVICIOS: asesoramiento, comisiones y prestación

de servicios complementarios o no con sus restantes actividades, debiendo contar con profesionales habilitados

cuando las disposiciones legales y reglamentarias así lo requieran. FIDEICOMISOS: celebrar o aceptar contratos

de fideicomiso en los que la sociedad asuma el carácter de fiduciante, fiduciaria, beneficiaria o fideicomisaria,

titular o sustituto, o asumir varios roles en forma simultánea o sucesiva siempre y cuando tales roles puedan

desarrollarse simultánea o sucesivamente, que tengan por objeto inmuebles, muebles, créditos o cualquier otro

bien o valor susceptible de ser transferido en propiedad fiduciaria, en cualquiera de las modalidades que el

contrato de fideicomiso pueda revestir, incluyendo sin limitación: fideicomisos de garantía, de administración, de

disposición y de transferencia de propiedad.Para el cumplimiento de su objeto la sociedad tiene plena capacidad

jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, ejerciendo en ese marco todo los actos que no sean

prohibidos por las leyes o éste Estatuto, comprendiendo ello pero no limitado a realizar todo tipo de actos,

contratos y operaciones que se relacionen”.”Art. Séptimo: La administración de la sociedad estará a cargo

de un Directorio compuesto por el número de integrantes que fije la Asamblea, entre un mínimo de uno y un

máximo de cinco, con mandato por tres (3) ejercicios.Art. OCTAVO: La representación legal de la sociedad

corresponde al Presidente o al Vicepresidente del Directorio en su caso. “Art. NOVENO: La sociedad prescinde

de la sindicatura conforme lo dispuesto en el Art. 284 último párrafo de la Ley General de Sociedades” Autorizado

según instrumento público Esc. Nº293 de fecha 07/08/2026 Reg. Nº753

GUILLERMO NICOLAS SYMENS - Habilitado D.N.R.O. N° 11468

e. 07/09/2026 N° 63933/26 v. 07/09/2026