N° 63905/26 Aviso del Boletín Oficial
OMBU CAPITAL S.R.L.
Texto del aviso
OMBU CAPITAL S.R.L.
30718053443. Por Reunión de socios del 3/09/26 se REFORMAN los Ar. 1° y 3º del estatuto. Quedan redactados:
“PRIMERO: La sociedad se denomina OMBU CASH Y COLLECT S.R.L siendo continuadora de OMBU CAPITAL
S.R.L y tiene su domicilio legal en la Ciudad de Buenos Aires”; y “TERCERO: La sociedad tiene por objeto realizar
las siguientes actividades: Desarrollar, operar, administrar y explotar plataformas tecnológicas destinadas a la
prestación de servicios de pago, incluyendo la apertura, gestión y administración de cuentas de pago, billeteras
digitales y otros instrumentos electrónicos destinados a la recepción, custodia, transferencia y disposición de
fondos de terceros, de conformidad con la normativa vigente emitida por el Banco Central de la República
Argentina. A tales efectos, la sociedad podrá: a) Prestar servicios de procesamiento, compensación y liquidación
de pagos electrónicos, transferencias, cobros y pagos por medios digitales. b) Desarrollar y administrar billeteras
virtuales, aplicaciones móviles, plataformas web y soluciones tecnológicas destinadas a la realización de pagos
y cobros. c) Brindar servicios de recaudación, cobranza, pagos a proveedores, pagos masivos y distribución
de fondos por cuenta y orden de terceros. d) Actuar como proveedor de servicios de pago que ofrece cuentas
de pago (PSPCP) conforme a la normativa del Banco Central de la República Argentina. e) Desarrollar e
implementar interfaces de programación de aplicaciones (API) y otras soluciones tecnológicas que permitan
la integración de sistemas de pago con terceros. f) Operar sistemas de códigos QR, botones de pago, links de
pago, soluciones de e-commerce y pagos presenciales o remotos. g) Brindar servicios de gestión, administración
y procesamiento de transacciones electrónicas, incluyendo conciliaciones, registración, auditoría y reportes. h)
Prestar servicios tecnológicos vinculados a finanzas digitales, fintech, medios de pago, autenticación digital,
identificación electrónica y validación de identidad. i) Desarrollar y licenciar software, plataformas tecnológicas
y soluciones informáticas vinculadas a los servicios anteriormente mencionados. j) Celebrar convenios con
entidades financieras, proveedores de servicios de pago, redes de cobranzas, administradoras de tarjetas,
cámaras compensadoras, fintech, comercios y empresas, para la prestación de servicios vinculados a su objeto.
k) Realizar actividades complementarias o accesorias vinculadas con los servicios de pago, procesamiento
de transacciones y soluciones tecnológicas financieras. La sociedad no realizará intermediación financiera ni
captación de depósitos del público, limitándose a las actividades permitidas por la normativa aplicable a los
Proveedores de Servicios de Pago. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá realizar todos los actos y
contratos civiles, comerciales y financieros necesarios, incluyendo adquirir bienes muebles e inmuebles, celebrar
contratos con entidades públicas o privadas, constituir garantías y realizar cualquier actividad lícita relacionada
con su objeto social.” Autorizado según instrumento privado REUNION DE SOCIOS de fecha 03/09/2026
GABRIEL CARLOS PATRI - T°: 131 F°: 922 C.P.A.C.F.
e. 07/09/2026 N° 63905/26 v. 07/09/2026