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N° 63905/26 Aviso del Boletín Oficial

OMBU CAPITAL S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA lunes, 7 de septiembre de 2026

Texto del aviso

OMBU CAPITAL S.R.L.

30718053443. Por Reunión de socios del 3/09/26 se REFORMAN los Ar. 1° y 3º del estatuto. Quedan redactados:

“PRIMERO: La sociedad se denomina OMBU CASH Y COLLECT S.R.L siendo continuadora de OMBU CAPITAL

S.R.L y tiene su domicilio legal en la Ciudad de Buenos Aires”; y “TERCERO: La sociedad tiene por objeto realizar

las siguientes actividades: Desarrollar, operar, administrar y explotar plataformas tecnológicas destinadas a la

prestación de servicios de pago, incluyendo la apertura, gestión y administración de cuentas de pago, billeteras

digitales y otros instrumentos electrónicos destinados a la recepción, custodia, transferencia y disposición de

fondos de terceros, de conformidad con la normativa vigente emitida por el Banco Central de la República

Argentina. A tales efectos, la sociedad podrá: a) Prestar servicios de procesamiento, compensación y liquidación

de pagos electrónicos, transferencias, cobros y pagos por medios digitales. b) Desarrollar y administrar billeteras

virtuales, aplicaciones móviles, plataformas web y soluciones tecnológicas destinadas a la realización de pagos

y cobros. c) Brindar servicios de recaudación, cobranza, pagos a proveedores, pagos masivos y distribución

de fondos por cuenta y orden de terceros. d) Actuar como proveedor de servicios de pago que ofrece cuentas

de pago (PSPCP) conforme a la normativa del Banco Central de la República Argentina. e) Desarrollar e

implementar interfaces de programación de aplicaciones (API) y otras soluciones tecnológicas que permitan

la integración de sistemas de pago con terceros. f) Operar sistemas de códigos QR, botones de pago, links de

pago, soluciones de e-commerce y pagos presenciales o remotos. g) Brindar servicios de gestión, administración

y procesamiento de transacciones electrónicas, incluyendo conciliaciones, registración, auditoría y reportes. h)

Prestar servicios tecnológicos vinculados a finanzas digitales, fintech, medios de pago, autenticación digital,

identificación electrónica y validación de identidad. i) Desarrollar y licenciar software, plataformas tecnológicas

y soluciones informáticas vinculadas a los servicios anteriormente mencionados. j) Celebrar convenios con

entidades financieras, proveedores de servicios de pago, redes de cobranzas, administradoras de tarjetas,

cámaras compensadoras, fintech, comercios y empresas, para la prestación de servicios vinculados a su objeto.

k) Realizar actividades complementarias o accesorias vinculadas con los servicios de pago, procesamiento

de transacciones y soluciones tecnológicas financieras. La sociedad no realizará intermediación financiera ni

captación de depósitos del público, limitándose a las actividades permitidas por la normativa aplicable a los

Proveedores de Servicios de Pago. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá realizar todos los actos y

contratos civiles, comerciales y financieros necesarios, incluyendo adquirir bienes muebles e inmuebles, celebrar

contratos con entidades públicas o privadas, constituir garantías y realizar cualquier actividad lícita relacionada

con su objeto social.” Autorizado según instrumento privado REUNION DE SOCIOS de fecha 03/09/2026

GABRIEL CARLOS PATRI - T°: 131 F°: 922 C.P.A.C.F.

e. 07/09/2026 N° 63905/26 v. 07/09/2026