N° 59738/26 Aviso del Boletín Oficial
MESOPOTAMICO S.A.
Texto del aviso
MESOPOTAMICO S.A.
Rectifica publicación N° 59738/26 de fecha 25/08/2026. Hace saber que se rectifica el Objeto Social previsto en el
artículo tercero del Estatuto de fecha 19/08/2026, quedando el mismo redactado de la siguiente manera: Objeto
Social: La Sociedad tiene por objeto exclusivo el cumplimiento del contrato de Concesión de Obra Pública por
peaje adjudicado en el marco de la Licitación Pública Nacional e Internacional de Etapa Múltiple N° 504-0001-
LPU26, respecto del tramo “Mesopotámico” de la Red Federal de Concesiones, comprendiendo la construcción,
explotación, administración, reparación, ampliación, conservación, mantenimiento, prestación de servicios al
usuario y la realización de explotaciones complementarias o colaterales, incluso la creación de nuevas, que
permitan obtener ingresos adicionales, bajo el régimen de concesión de obra pública por peaje establecido por
la Ley N° 17.520 y sus modificatorias y reglamentarias, y de conformidad con el Pliego de Bases y Condiciones y
el Contrato de Concesión respectivos. A tal fin, la Sociedad podrá realizar todos los actos jurídicos, operaciones
y contratos que se encuentren directamente vinculados, sean conexos o resulten accesorios al cumplimiento del
objeto indicado, y que sean necesarios o convenientes para su ejecución, incluyendo, sin que la enumeración sea
limitativa: (i) la ejecución de obras de construcción, ampliación, mejora, remodelación, reparación, conservación
y mantenimiento de la infraestructura concesionada, de sus obras accesorias y de sus instalaciones y
equipamientos; (ii) la percepción, administración y cobro de la tarifa de peaje y de todo otro ingreso previsto en
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.988 - Segunda Sección 10 Miércoles 9 de septiembre de 2026
el Contrato de Concesión; (iii) la prestación de los servicios al usuario comprometidos, incluidos los servicios
de auxilio, comunicación, seguridad vial y atención de emergencias; (iv) la realización, por sí o por terceros, de
explotaciones complementarias o colaterales autorizadas por el Concedente, tales como áreas de servicio y de
descanso, estaciones de expendio de combustible, locales comerciales y gastronómicos, estacionamientos,
espacios publicitarios, e infraestructura de telecomunicaciones y fibra óptica sobre la traza y su zona de camino;
(v) la contratación de obras, bienes y servicios, la subcontratación en la medida y con los recaudos admitidos
por el Contrato de Concesión, y la celebración de contratos de locación, comodato, fideicomiso, agrupación de
colaboración, unión transitoria y consorcio de cooperación; (vi) la obtención de financiamiento bajo cualquier
modalidad, la emisión de obligaciones negociables y de valores fiduciarios, y la constitución de garantías reales
o personales sobre sus bienes, ingresos y derechos, en la medida permitida por el Contrato de Concesión y con
la conformidad previa que éste requiera; y (vii) la importación y exportación de bienes y servicios vinculados
al objeto social. La Sociedad no podrá desarrollar actividad alguna ajena a la concesión indicada. Se excluyen
expresamente las operaciones comprendidas en la Ley N° 21.526 de Entidades Financieras y toda otra que
requiera el concurso público. A los fines indicados, la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir
derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no le sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.
Autorizado según instrumento público Esc. Nº 309 de fecha 19/08/2026 Reg. Nº 1711
FERMÍN ALFREDO FORNIELES - T°: 136 F°: 589 C.P.A.C.F.
e. 09/09/2026 N° 64952/26 v. 09/09/2026