N° 65161/26 Aviso del Boletín Oficial
COMELY S.A.
Texto del aviso
COMELY S.A.
COMELY S.A. — CUIT 33-69220913-9. Por Asamblea General Eextraordinaria del 26/07/2026 se resolvió reformar
el Artículo Tercero del Estatuto Social, el que queda redactado de la siguiente manera: ‘ ARTÍCULO TERCERO:
Tiene por objeto: COMERCIAL: La compra venta, conservación, refrigeración y abastecimiento de carnes, lácteos
y/o subproductos y/o derivados, granos, cereales, productos fruto hortícolas y agropecuarios. Importación y
Exportación. El ejercicio de mandatos, representaciones, comisiones y consignaciones. INDUSTRIAL: La
preparación y transformación así como la industrialización de carnes, lácteos y/o productos y/o subproductos,
matanza de animales por cuenta propia o de terceros en mataderos, establecimientos, fábricas y/o frigoríficos
propios y/o ajenos. AGROPECUARIA: Explotación por sí o por terceros en establecimientos rurales, agrícolo
ganaderos. CONSTRUCTORA: La ejecución de proyectos, dirección, administración y realización de obras de
ingeniería y arquitectura públicas o privadas. Toda actividad que en virtud de la materia haya sido reservada
a profesionales con título habilitante será realizada por medio de éstos. INMOBILIARIA Y FINANCIERA: La
realización de todo tipo de operaciones inmobiliarias, financieras y de inversión con exclusión de las previstas en
la ley de entidades financieras y toda otra que requiera el concurso público. El otorgamiento de tarjetas de crédito
personales. Asimismo, la sociedad tiene por objeto el desarrollo, por cuenta propia, de terceros o asociada a
terceros, en el país o en el extranjero, de las siguientes actividades: a) Depósito: Funcionar como depositario,
depósito privado, depósito fiscal aduanero, pudiendo realizar estibaje, manipuleo y almacenaje de contenedores
y mercaderías, incluidas mercaderías peligrosas, consolidación y desconsolidación de contenedores, subasta,
compra y venta de mercaderías, y en general adquirir derechos y contraer obligaciones de acuerdo a lo
establecido en las Resoluciones 4352/18 y 5182/22 de la ARCA (ex AFIP), sus modificatorias, actuales o futuras y
cualquier otra norma que en el futuro se dicte al respecto. b) Operador de Zona Franca: Promoviendo y facilitando
el desarrollo de operaciones, negociaciones y actividades previstas para Zona Franca; realizar toda actividad
conexa o necesaria para que, conforme a la reglamentación que se dicte para Zona Franca, los usuarios puedan
realizar operaciones de venta al por menor bajo la modalidad de tienda libre bajo control aduanero con destino
exclusivo a los turistas extranjeros. c) Transporte: Transporte de carga, mercaderías generales, fletes, acarreos,
caudales, correspondencia, encomiendas, muebles y semovientes, materias primas y elaboradas, alimenticias,
equipajes, cargas en general de cualquier tipo, transporte de pasajeros y combustibles, cumpliendo con las
respectivas reglamentaciones nacionales, provinciales o internacionales, su distribución, almacenamiento,
depósito y embalaje; contratar auxilios, reparaciones y remolques y toda operación de logística relacionada con
el objeto principal; administrar playa de estacionamiento para camiones; coordinar el servicio de transportes de
cargas en general como expedicionista de mercaderías y productos que le encomienden los cargadores, todo
lo que respecte a la logística de cargas de camiones. d) Servicios: Administrar playa de estacionamiento para
camiones; explotación de estaciones de servicios para automotores de todo tipo, engrase, lavado, gomería,
y toda actividad desarrollada por estaciones de servicios, como la compra, venta, importación, exportación,
representación, consignación y distribución de combustibles líquidos y gaseosos (nafta, gasoil, fueloil, querosén,
GNC), lubricantes, grasas, productos y artículos derivados del petróleo, y partes, repuestos y accesorios para
automotores. e) Gastronomía: Explotación de negocios del ramo restaurante, bar, confitería, pizzería, cafetería,
venta de productos alimenticios y despacho de bebidas con o sin alcohol, rubro gastronómico, de artículos y
productos preelaborados y elaborados, paradores turísticos, comedores comerciales, industriales y estudiantiles.
f) Comercio minorista: Explotación de multiventas, minimercado o poli rubro para la compra, venta, distribución,
representación de golosinas, bebidas con o sin alcohol, galletitas y comestibles preelaborados y elaborados,
cigarrillos, venta de tabaco y artículos para el fumador, artículos de librería, artículos de juguetería, artículos
de tocador, artículos regionales y de regalería. A tal fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir
derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.
Se deja constancia que el resto del articulado del Estatuto Social no sufre modificación alguna, manteniéndose
vigente en todos sus términos. Autorizado según instrumento privado ASAMBLEA de fecha 26/07/2026
Javier Jose Arrieguez - T°: 118 F°: 403 C.P.A.C.F.
e. 10/09/2026 N° 65161/26 v. 10/09/2026