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N° 66200/26 Aviso del Boletín Oficial

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL - CORRIENTES

Edictos Judiciales miércoles, 16 de septiembre de 2026

Texto del aviso

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL - CORRIENTES

Por disposición de S. Sa. el Señor Juez de Ejecución ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes,

Dr. FERMÍN AMADO CEROLENI, se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial, por el termino de cinco (5)

días, de lo dispuesto en la Sentencia de Nº 55, de fecha 22 de junio de 2026, en la causa Nº FCT 3325/2022/

TO1 caratulada: ““MACIEL, SAUL FABIAN Y OTROS S/ INFRACCION LEY 23.737 SOLICITANTE: POLICÍA DE LA

PROVINCIA DE CORRIENTES y OTROS”, respecto de: UBALDO MARTÍN VALDEZ, argentino, DNI 29.413.464,

nacido el 31 de agosto de 1982 en la ciudad de Resistencia, provincia de Chaco, hijo de Isidoro Valdez Torres y

Rosa de Bordón, sabe leer y escribir con secundario completo, ocupación anterior comerciante, con domicilio

en la calle Uruguay 812 de la ciudad de Corrientes, provincia homónima, actualmente detenido en la Prisión

Regional del Norte, U7 del SPF, la que dispone: “SENTENCIA Nº 55. Corrientes, 22 de junio de 2026.- Y VISTOS:

Por los fundamentos que instruye el Acuerdo precedente; SE RESUELVE: (…) 4º) CONDENAR a UBALDO MARTÍN

VALDEZ DNI 29.413.464, a la pena de CINCO (5) AÑOS de prisión, y MULTA de 45 UF, la que deberá hacerse

efectiva en el término de treinta (30) días de quedar firme la presente- como autor penalmente responsable

del delito de tráfico ilícito de estupefacientes, en la modalidad de comercio previsto y reprimido por el artículo

5 inciso “C”, de la Ley 23.737 (artículos 40, 41 y 45 del Código Penal); más accesorias legales y costas (art.

522, 523, y 531 y cc. C.P.P.N.) DECLARANDOSELO REINCIDENTE. 5°) …6º) …7º) …8º) …9º) …10º) …11º) …12°)

…13°) …14°) …15°) …16°) …17°) …18°) DAR la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre la publicación

de resoluciones judiciales. 19º) COMUNICAR la presente Sentencia al Consejo de la Magistratura del Poder

Judicial de la Nación, en atención a la prórroga de prisión preventiva dispuesta oportunamente a los causantes

(Cfr. Resolución de fecha 13/04/2026 y de fecha 12/02/2026). 20º) REGISTRAR, protocolizar, cursar las demás

comunicaciones correspondientes y una vez firme la presente practicar por Secretaría los cómputos de pena,

fijando la fecha de su vencimiento (art. 493 del CPPN). Fdo.: Dr. Fermín Amado Ceroleni – Juez de Cámara -

Tribunal Oral en lo Criminal federal – Corrientes. - Ante mí: Dr. José Rach. - secretaria – Tribunal Oral en lo Criminal

Federal – Corrientes.

DR. FERMIN AMADO CEROLENI Juez - DR. SEBASTIAN AVILA SECRETARIO DE EJECUCION PENAL

e. 14/09/2026 N° 66200/26 v. 18/09/2026