N° 67674/26 Aviso del Boletín Oficial
DQD ENERGY II S.A.
Texto del aviso
DQD ENERGY II S.A.
CUIT 30-71917249-7. Por Acta de Asamblea Extraordinaria de fecha 31/08/2026, se resolvió ampliar el objeto
social, reformando en consecuencia el Articulo Tercero del Estatuto Social, el cual queda redactado de la
siguiente forma: ARTÍCULO TERCERO: La Sociedad tiene por objeto realizar las siguientes actividades: a) la
construcción y operación de centrales de generación de energía eléctrica con fuente en energías renovables.
Podrá asimismo desarrollar, construir, realizar tareas de mantenimiento, y trabajos de optimización de plantas
de generación de energía hidroeléctrica, eólica, solar y de cualquier otro tipo de energía renovable; b) servicios
de medición de recursos hídricos, eólicos y solares, mediante la instalación y mantenimiento de estaciones de
medición; c) comercialización de estaciones de medición de energías renovables; d) comercialización de energía
eléctrica generada a partir del uso de energías renovables; e) producción, transformación, distribución, transporte
y comercialización de energía eléctrica en todas sus formas, en cuanto ello resulte posible de acuerdo a las
normas que rijan dichas actividades al momento en que las mismas se lleven a cabo, incluyendo sin limitación,
energía hidráulica, eólica, solar, geotérmica, térmica, maremotriz, biomasa, hidrógeno, gradiente térmico
oceánico, energía derivada de hidrocarburos y energía derivada de minerales; f) la explotación, exploración,
cateo, detección, sondeo y perforación de yacimientos de hidrocarburos líquidos y/o gaseosos. Asimismo,
podrá elaborar, procesar, refinar, industrializar, transformar, purificar, transportar, almacenar, envasar, distribuir,
comercializar, importar o exportar tales productos y/o sus derivados directos e indirectos; g) almacenamiento de
energía en baterías u otras tecnologías existentes o que se desarrollen en el futuro; h) purificación, transporte,
almacenamiento, envasado, distribución, comercialización, importación y exportación de hidrógeno, y de
sus derivados; i) por otra parte, podrá comprar, vender, importar, exportar, arrendar, explotar y toda clase de
actividad mercantil, con relación a las actividades y productos detallados anteriormente; y j) avalar, afianzar y, en
general, garantizar obligaciones, actuales, futuras o contingentes, de terceros o partes directa o indirectamente
vinculadas con la Sociedad, ya sea que se encuentre sujeta a control común con la Sociedad o sea vinculada
de la Sociedad, siempre que el otorgamiento de dichas garantías resulte en un beneficio o interés directo o
indirecto para la Sociedad. Asimismo, podrá otorgar y constituir garantías prendarias, hipotecarias o de cualquier
otro tipo (incluyendo, sin limitación, mediante cesiones fiduciarias) respecto de cualesquiera de los bienes
presentes o futuros de la Sociedad, a favor de cualquier persona, para garantizar obligaciones, actuales, futuras
o contingentes, de cualquier persona que sea directa o indirectamente participada por la Sociedad, se encuentre
sujeta a control común con la Sociedad o sea vinculada de la Sociedad, frente a cualquier otra persona, siempre
que el otorgamiento de dichas garantías resulte en un beneficio o interés directo o indirecto para la Sociedad.
La Sociedad podrá realizar toda clase de operaciones financieras, con excepción de las comprendidas en la
Ley N° 21.526, sus modificatorias y complementarias, o de aquellas actividades para las cuales se requiera
autorización específica, sin que la presente facultad pueda interpretarse como habilitación para el ejercicio de
actividades sujetas a autorización o regulación especial. En relación con las actividades descritas y dentro de
los límites establecidos en este objeto social, la Sociedad tendrá plena capacidad jurídica para: (i) participar en
cualquier tipo de convocatoria abierta, licitación o contratación directa para celebrar contratos de abastecimiento
de energía eléctrica de fuentes renovables ya sea con CAMMESA o con cualquier otro organismo sea este privado
o público, en este último caso ya sea Nacional, Provincial o Municipal; (ii) cumplir con su objeto social debiendo
sujetar su actuación a los términos y las limitaciones establecidas por las Leyes No. 15.336 y No. 24.065 y por
cualquier otra Ley Provincial o Municipal vigente sobre la materia; y (iii) prestar servicios y/o ejercer o desempeñar
representaciones, comisiones, consignaciones, servicios y/o mandatos para si o a favor de terceros, siempre
dentro de las actividades permitidas según el objeto social descripto. Autorizado según instrumento privado Acta
de Asamblea Extraordinaria de fecha 31/08/2026
IGNACIO JOSE MARTINEZ SERRA - T°: 120 F°: 42 C.P.A.C.F.
e. 17/09/2026 N° 67674/26 v. 17/09/2026