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N° 36551/10 Aviso del Boletín Oficial

CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO

Edictos Judiciales miércoles, 23 de septiembre de 2026

Texto del aviso

CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO

ADMINISTRATIVO FEDERAL, SALA IV

La Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, Sala IV, sita en

Talcahuano 550, Of. 2047 Planta Baja, de la Ciudad de Buenos Aires, hace saber que en la causa CAF 42058/2007

OPRANDI TAMARA NADIA c/ EN- Mº JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS

se dictaron sentencias los días 10/9/26 y 17/9/26. Se transcriben la partes resolutivas de las sentencias: i) En

virtud del resultado que instruye el acuerdo que antecede, el Tribunal RESUELVE: 1º) Hacer lugar parcialmente al

recurso interpuesto y modificar la sentencia de grado en los términos y con los alcances fijados en el presente

pronunciamiento. 2º) Distribuir las costas de esta Alzada de conformidad con lo dispuesto en el considerando

15. Regístrese, notifíquese y devuélvase. MARCELO DANIEL DUFFY JORGE EDUARDO MORAN ROGELIO W.

VINCENTI; ii) Que, el remedio intentado constituye un medio eficaz para subsanar errores materiales, aclarar

conceptos oscuros o suplir cualquier omisión en que se hubiere incurrido sobre alguna de las pretensiones

deducidas en el litigio (cfr., esta Sala, in re “Martino, José Alfredo c/ Mº de Cultura y Educación s/ amparo ley

16.986”, sentencia del 31.12.1997). Sobre tal base, lo resuelto por esta Alzada el 10/9/2026 resulta suficientemente

claro, razón por la cual corresponde estar a lo allí decidido. Máxime, si se tiene en cuenta que del análisis de

las presentes actuaciones se desprende la firmeza de la decisión adoptada por la juez a quo en lo referente a

la fecha a partir de la cual se computarían los intereses (v. pronunciamientos del 2/7/2025 y 11/6/2026) y, por

otro lado, tal como reconoce la requirente, la falta de obligación legal de transcribir los números a letras. ASÍ

SE RESUELVE. Regístrese, notifíquese y devuélvase. MARCELO DANIEL DUFFY JORGE EDUARDO MORÁN

ROGELIO W. VINCENTI. El auto que ordena la publicación del presente edicto dispone: I.- Advirtiendo que el

domicilio del Sr. Carlos Rubén Díaz denunciado en autos coincide con el domicilio informado por la Cámara

Nacional Electoral en el marco de la causa Nº 36551/10 y teniendo en cuenta que las notificaciones allí cursadas

han retornado con resultado negativo, en función del principio de celeridad procesal, publíquense edictos por dos

(2) días consecutivos en el Boletín Oficial a fin de notificarle las resoluciones del 10/9/26 y 17/9/26 (conf. arts. 145

y 146, CPCCN). II.- Advirtiendo que las cédulas dirigidas al domicilio de la Sra. Ana María Fernández denunciado

en autos han arrojado resultado negativo en causas análogas y que las notificaciones cursadas al domicilio

informado por la Cámara Nacional Electoral en el marco de las causas Nº 19717/07, 23970/08 y 14520/2024, entre

otras, también han retornado con resultado negativo, en función del principio de celeridad procesal, publíquense

edictos por dos (2) días consecutivos en el Boletín Oficial a fin de notificarle las resoluciones del 10/9/26 y 17/9/26

(conf. arts. 145 y 146, CPCCN). III.- Advirtiendo que las cédulas dirigidas al domicilio del Sr. Juan Carbone

denunciado en autos han arrojado resultado negativo en causas análogas y que las notificaciones cursadas al

domicilio informado por la Cámara Nacional Electoral en el marco de la causa Nº 23970/08, entre otras, también

han retornado con resultado negativo, en función del principio de celeridad procesal, publíquense edictos por

dos (2) días consecutivos en el Boletín Oficial a fin de notificarle las resoluciones del 10/9/26 y 17/9/26 (conf.

arts. 145 y 146, CPCCN). IV.- Advirtiendo que las cédulas dirigidas al domicilio del Sr. Raúl Villarreal denunciado

en autos han arrojado resultado negativo en causas análogas y que las notificaciones cursadas al domicilio

informado por la Cámara Nacional Electoral en el marco de las causas Nº 41815/07, 19713/07 y 5703/07, entre

otras, también han retornado con resultado negativo, en función del principio de celeridad procesal, publíquense

edictos por dos (2) días consecutivos en el Boletín Oficial a fin de notificarle las resoluciones del 10/9/26 y 17/9/26

(conf. arts. 145 y 146, CPCCN). V.- Advirtiendo que las cédulas dirigidas al domicilio del Sr. Gustavo Juan Torres

denunciado en autos han arrojado resultado negativo en causas análogas y que las notificaciones cursadas al

domicilio informado por la Cámara Nacional Electoral en el marco de la causa Nº 49603/11, entre otras, también

han retornado con resultado negativo, en función del principio de celeridad procesal, publíquense edictos por

dos (2) días consecutivos en el Boletín Oficial a fin de notificarle las resoluciones del 10/9/26 y 17/9/26 (conf. arts.

145 y 146, CPCCN).

JORGE EDUARDO MORAN - MARCELO DANIEL DUFFY - ROGELIO W. VINCENTI Juez - JORGE EDUARDO

MORAN - MARCELO DANIEL DUFFY - ROGELIO W. VINCENTI JUECES DE CÁMARA

e. 23/09/2026 N° 69116/26 v. 24/09/2026