N° 36551/10 Aviso del Boletín Oficial
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO
Texto del aviso
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO FEDERAL, SALA IV
La Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, Sala IV, sita en
Talcahuano 550, Of. 2047 Planta Baja, de la Ciudad de Buenos Aires, hace saber que en la causa CAF 42058/2007
OPRANDI TAMARA NADIA c/ EN- Mº JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS
se dictaron sentencias los días 10/9/26 y 17/9/26. Se transcriben la partes resolutivas de las sentencias: i) En
virtud del resultado que instruye el acuerdo que antecede, el Tribunal RESUELVE: 1º) Hacer lugar parcialmente al
recurso interpuesto y modificar la sentencia de grado en los términos y con los alcances fijados en el presente
pronunciamiento. 2º) Distribuir las costas de esta Alzada de conformidad con lo dispuesto en el considerando
15. Regístrese, notifíquese y devuélvase. MARCELO DANIEL DUFFY JORGE EDUARDO MORAN ROGELIO W.
VINCENTI; ii) Que, el remedio intentado constituye un medio eficaz para subsanar errores materiales, aclarar
conceptos oscuros o suplir cualquier omisión en que se hubiere incurrido sobre alguna de las pretensiones
deducidas en el litigio (cfr., esta Sala, in re “Martino, José Alfredo c/ Mº de Cultura y Educación s/ amparo ley
16.986”, sentencia del 31.12.1997). Sobre tal base, lo resuelto por esta Alzada el 10/9/2026 resulta suficientemente
claro, razón por la cual corresponde estar a lo allí decidido. Máxime, si se tiene en cuenta que del análisis de
las presentes actuaciones se desprende la firmeza de la decisión adoptada por la juez a quo en lo referente a
la fecha a partir de la cual se computarían los intereses (v. pronunciamientos del 2/7/2025 y 11/6/2026) y, por
otro lado, tal como reconoce la requirente, la falta de obligación legal de transcribir los números a letras. ASÍ
SE RESUELVE. Regístrese, notifíquese y devuélvase. MARCELO DANIEL DUFFY JORGE EDUARDO MORÁN
ROGELIO W. VINCENTI. El auto que ordena la publicación del presente edicto dispone: I.- Advirtiendo que el
domicilio del Sr. Carlos Rubén Díaz denunciado en autos coincide con el domicilio informado por la Cámara
Nacional Electoral en el marco de la causa Nº 36551/10 y teniendo en cuenta que las notificaciones allí cursadas
han retornado con resultado negativo, en función del principio de celeridad procesal, publíquense edictos por dos
(2) días consecutivos en el Boletín Oficial a fin de notificarle las resoluciones del 10/9/26 y 17/9/26 (conf. arts. 145
y 146, CPCCN). II.- Advirtiendo que las cédulas dirigidas al domicilio de la Sra. Ana María Fernández denunciado
en autos han arrojado resultado negativo en causas análogas y que las notificaciones cursadas al domicilio
informado por la Cámara Nacional Electoral en el marco de las causas Nº 19717/07, 23970/08 y 14520/2024, entre
otras, también han retornado con resultado negativo, en función del principio de celeridad procesal, publíquense
edictos por dos (2) días consecutivos en el Boletín Oficial a fin de notificarle las resoluciones del 10/9/26 y 17/9/26
(conf. arts. 145 y 146, CPCCN). III.- Advirtiendo que las cédulas dirigidas al domicilio del Sr. Juan Carbone
denunciado en autos han arrojado resultado negativo en causas análogas y que las notificaciones cursadas al
domicilio informado por la Cámara Nacional Electoral en el marco de la causa Nº 23970/08, entre otras, también
han retornado con resultado negativo, en función del principio de celeridad procesal, publíquense edictos por
dos (2) días consecutivos en el Boletín Oficial a fin de notificarle las resoluciones del 10/9/26 y 17/9/26 (conf.
arts. 145 y 146, CPCCN). IV.- Advirtiendo que las cédulas dirigidas al domicilio del Sr. Raúl Villarreal denunciado
en autos han arrojado resultado negativo en causas análogas y que las notificaciones cursadas al domicilio
informado por la Cámara Nacional Electoral en el marco de las causas Nº 41815/07, 19713/07 y 5703/07, entre
otras, también han retornado con resultado negativo, en función del principio de celeridad procesal, publíquense
edictos por dos (2) días consecutivos en el Boletín Oficial a fin de notificarle las resoluciones del 10/9/26 y 17/9/26
(conf. arts. 145 y 146, CPCCN). V.- Advirtiendo que las cédulas dirigidas al domicilio del Sr. Gustavo Juan Torres
denunciado en autos han arrojado resultado negativo en causas análogas y que las notificaciones cursadas al
domicilio informado por la Cámara Nacional Electoral en el marco de la causa Nº 49603/11, entre otras, también
han retornado con resultado negativo, en función del principio de celeridad procesal, publíquense edictos por
dos (2) días consecutivos en el Boletín Oficial a fin de notificarle las resoluciones del 10/9/26 y 17/9/26 (conf. arts.
145 y 146, CPCCN).
JORGE EDUARDO MORAN - MARCELO DANIEL DUFFY - ROGELIO W. VINCENTI Juez - JORGE EDUARDO
MORAN - MARCELO DANIEL DUFFY - ROGELIO W. VINCENTI JUECES DE CÁMARA
e. 23/09/2026 N° 69116/26 v. 24/09/2026