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N° 7235/2026 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 21 - SECRETARÍA NRO. 42

Edictos Judiciales miércoles, 23 de septiembre de 2026

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 21 - SECRETARÍA NRO. 42

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 21, a cargo del Dr. Germán Páez Castañeda,

Secretaría N° 42, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, piso 3°, de CABA, comunica por cinco (5) días que, con fecha

28/08/2026, en los autos caratulados “PASHUT S.A.S/QUIEBRA”, Expte. COM N° 7235/2026, se decretó la quiebra

de PASHUT S.A., CUIT N° 33-71856040-9, inscripta en la Inspección General de Justicia el 4 de junio de 2024 bajo

el N° 9719, Libro 117 de Sociedades por Acciones, con domicilio en Av. Avellaneda 2527, piso 12, departamento

“A”, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Se hace saber a los acreedores que deberán presentar sus pedidos

de verificación hasta el día 27/11/2026 ante el síndico, contador MARIO RICARDO LANCHUSKE, con domicilio

en Tres de Febrero 2841, piso 3°, departamento “B”, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, correo electrónico

[email protected] y teléfono 11 4474-4965, conforme los arts. 32 y 200 de la Ley 24.522. Los pretensos

acreedores que cuenten con asistencia letrada deberán canalizar sus insinuaciones por vía remota en el incidente

de consulta caratulado “PASHUT S.A. S/QUIEBRA S/INCIDENTE DE CONSULTA”, Expte. COM N° 7235/2026/1,

conforme las Acordadas CSJN 4/2020 y 31/2020, omitiendo la presentación de documentación en papel, sin

perjuicio de que pueda serles requerida por la sindicatura o por el Tribunal. El escrito deberá titularse “SOLICITUD

DE VERIFICACIÓN + apellido del ACREEDOR”, estar firmado por el insinuante, describir detalladamente los

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.998 - Segunda Sección 118 Miércoles 23 de septiembre de 2026

archivos adjuntos y acompañar la documentación fundante de la pretensión y el comprobante de pago del

arancel verificatorio, salvo los casos legalmente exceptuados. Los acreedores que carezcan de asistencia letrada

deberán solicitar previamente un turno al correo electrónico de la sindicatura y concurrir personalmente, o por

medio de un tercero expresamente autorizado y debidamente identificado, con la documentación requerida por

el art. 32 de la Ley 24.522. Todos los insinuantes deberán informar nombre completo, DNI, domicilio, CUIT o

CUIL, correo electrónico y teléfono de contacto. El informe individual previsto por el art. 35 de la Ley 24.522 será

presentado el 18/02/2027 y el informe general contemplado por el art. 39 de la misma ley será presentado el

06/04/2027. Intímase a la fallida y a sus integrantes para que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas, satisfagan

los recaudos exigidos por el art. 86 de la Ley 24.522 y para que, dentro de las veinticuatro (24) horas, entreguen

al síndico los bienes de la fallida que tuvieren en su poder, o informen el lugar de su ubicación, así como sus

libros de comercio y toda documentación relacionada con la contabilidad. Intímase a la fallida y a su presidente,

EZEQUIEL GUIDON, DNI N° 32.757.440, para que dentro del quinto día cumplimente la información requerida por

el art. 11 de la Ley 24.522, bajo apercibimiento de considerar su conducta como obstructiva y de ocultamiento

patrimonial y de ser valorada por la sindicatura a los fines del eventual inicio de las acciones legales destinadas

a la recomposición del activo falencial. Intímase a los terceros que tuvieren bienes o documentos de la fallida

para que los entreguen al síndico dentro del plazo de cinco (5) días. Prohíbese efectuar pagos a la fallida, bajo

apercibimiento de considerarlos ineficaces. Publíquese por cinco (5) días en el Boletín Oficial, sin necesidad de

previo pago y sin perjuicio de asignarse los fondos cuando los hubiere, conforme el art. 89 de la Ley 24.522.

Buenos Aires, 15 de septiembre de 2026 GERMAN PAEZ CASTAÑEDA Juez - GUILLERMO CARREIRA GONZALEZ

SECRETARIO

e. 17/09/2026 N° 67491/26 v. 23/09/2026