N° 69382/26 Aviso del Boletín Oficial
PAMPA E&P S.A.U.
Texto del aviso
PAMPA E&P S.A.U.
CUIT: 30-71851298-7. Comunica que por Asamblea General Extraordinaria del: (i) 28/05/26 se aumentó el capital en
$ 5.632.398.498, de $ 100.000 a $ 5.632.498.498, mediante un aporte dinerario, (ii) 01/06/26 se aumentó el capital
en $ 22.643.175.246, es decir de $ 5.632.498.498 a $ 28.275.673.744, mediante un aporte dinerario, (iii) 24/06/26
se aumentó el capital en $ 500.000, es decir de $ 28.275.673.744 a $ 28.276.173.744, mediante un aporte dinerario
y (iv) 30/06/26 se aumentó el capital en $ 11.481.500, es decir de $ 28.276.173.744 a $ 28.287.655.244, mediante
un aporte dinerario. Asimismo, se resolvió reformar en consecuencia el artículo 4° del estatuto y aprobar un nuevo
texto ordenado del mismo. Los aumentos mencionados fueron suscriptos e integrados en un 100% por el accionista
único de la Sociedad, Pampa Energía S.A., que pasó a tener la siguiente participación accionaria: 28.287.655.244
acciones escriturales de un peso ($ 1) valor nominal y con derecho a un voto cada una, representativas del 100%
del capital social y de los votos. Se deja constancia que el artículo 4° del estatuto social quedó redactado de la
siguiente manera: “ARTÍCULO CUARTO: El capital social es de Pesos veintiocho mil doscientos ochenta y siete
millones seiscientos cincuenta y cinco mil doscientos cuarenta y cuatro ($ 28.287.655.244) representado por
28.287.655.244 acciones ordinarias, escriturales de un peso ($ 1) valor nominal cada una y con derecho a un voto
por acción. El capital social podrá ser aumentado por decisión de la Asamblea hasta el quíntuplo de su monto,
conforme lo establece el artículo 188 de la Ley General de Sociedades N° 19.550 y sus modificatorias (“Ley
General de Sociedades”), pudiendo la Asamblea delegar en el Directorio la fijación de la época de la emisión,
forma y condiciones de pago. Los aumentos de capital serán integrados conforme lo dispuesto en la Ley General
de Sociedades. Las decisiones de aumento de capital deberán ser elevadas a escritura pública en los casos en
que así lo disponga la respectiva Asamblea.” Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea de fecha
30/06/2026
maria agustina montes - T°: 98 F°: 427 C.P.A.C.F.
e. 23/09/2026 N° 69382/26 v. 23/09/2026