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N° 69971/26 Aviso del Boletín Oficial

GRUPO POSADAS S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA viernes, 25 de septiembre de 2026

Texto del aviso

GRUPO POSADAS S.R.L.

CUIT: 30-69804991-6 Grupo Posadas S.R.L. Por acta de reunión de socios del 10 de septiembre de 2026 se

decidió cambiar la jurisdicción de la Sociedad de la Provincia de Misiones a la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires reformando el artículo primero del contrato social. Se fija sede social en Avenida del Libertador 498, Piso

6, Lado Norte, CABA. Asimismo se decidió modificar el objeto social y el artículo tercero del contrato social: La

Sociedad tendrá por objeto social, actuando por cuenta propia o por cuenta de terceros o asociados a terceros,

las siguientes actividades: a) COMERCIALES: mediante la compraventa de mercaderías y bienes muebles,

inmuebles y semovientes en general, permutar, ceder, vender, importar y exportar, dedicarse a distribuciones,

representaciones, comisiones, mandatos y consignaciones, instalar y/o explotar establecimientos comerciales

y/o industriales, galerías comerciales, Shopping Centers, sus equipamientos, locaciones, ventas y explotación

de los mismos. b) CONSTRUCTORA: Mediante la compraventa de materiales de construcción, ejecución de

obras públicas y/o privadas, trabajos de arquitectura, ingeniería, viviendas, viales, hidráulicas, electrotécnicas,

industriales, proyectos, direcciones, administraciones, construcciones e instalaciones de edificios de

departamentos, locales comerciales, hoteles, galerías comerciales, Shopping Centers, oficinas y de cualquier

otra naturaleza, de artes, complementarias, ya sea para uso propio, rentas, ventas y/o por cuenta de terceros,

Afectación al Régimen de Propiedad Horizontal y constitución de Reglamentos de Copropiedad y administración;

c) INMOBILIARIAS: mediante la compraventa o permuta de inmuebles urbanos y/o rurales, realización de tareas

y servicios de intermediación, celebración de contratos de locación y arrendamientos, administración de

bienes propios y/o de terceros, inclusive de Consorcios de Propietarios de Propiedad Horizontal, compraventa,

administración y urbanización de loteos, y la realización de fraccionamientos de cualquier índole, explotación

temporaria de toda clase de valores inmobiliarios, financiaciones inmobiliarias; d) FINANCIERAS: La sociedad

tiene por objeto efectuar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en el territorio de la República

Argentina o en el extranjero, el desarrollo de la actividad de inversión, realizando todo tipo de inversiones en valores

mobiliarios, inmobiliarios y activos, tanto nacionales como extranjeros, acciones y bonos de empresas, gobiernos

e instituciones, inversiones directas en empresas de producción, ventas o servicios. Quedan expresamente

excluidas las operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso

público de capitales. Constituir derechos reales de hipotecas, usufructos, fideicomiso, letras hipotecarias,

anticresis, servidumbres y cualquier otro a favor propio o de terceros; constitución, adquisición o transferencia

de hipotecas, Letras Hipotecarias, intervenir en securitizaciones, o cualquier otra clase de derechos reales;

constituir, transferir, endosar y/o recibir prendas de cualquier clase; obtener préstamos bancarios en instituciones

oficiales o particulares, de éste país y/o del extranjero, gravando o no bienes sociales; constituir y participar en

Unión Transitoria, constituir Joint Venture; e) AGRÍCOLAS: Explotación agrícola, producción, compra y venta de

productos derivados de dicha actividad, maquinarias agrícolas, semillas, cereales, abonos y todo lo relacionado

directa y/o indirectamente con la actividad agraria; f) GANADERAS: Compraventa de ganado, en forma privada y/o

en remates y ferias, en instalaciones propias o de terceros, fomentar el mejoramiento de la ganadería propiciando

la adquisición de reproductores de raza, para el mejoramiento del ganado, estimulándola mediante la celebración

de concursos, torneos y exposiciones, importación y exportación de reproductores y ganados en general. g)

FORESTAL: Explotación de montes, extracción de maderas, montaje y explotación de aserraderos, plantaciones

de todo tipo de variedad forestal por cuenta propia y de terceros, aprovechamiento forestal de tierras áridas y/o de

escasa productividad, propender al mejoramiento de la industria forestal, construcción y explotación de viveros y

semilleros forestales, importación y exportación de maderas. h) INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO: investigación y

ejecución de programas para reproducción, cría, repoblamiento, industrialización y comercialización de especies

de flora y fauna autóctonas en la Región. Aprovechamiento integral de la biodiversidad zonal, en un esquema de

desarrollo que permita o posibilite su uso industrial o comercial en forma directa o a través de subproductos de

diferentes empresas, tales como las farmacéuticas, cosméticas, alimenticias, químicas, indumentarias, turísticas

y cualquier otro sector productivo o servicios conexos. Repoblamiento de las especies que serán utilizadas y las

en vías de extinción que formen parte de la nombrada biodiversidad regional. Todo ello encuadrado en las políticas

de desarrollo y cuidado del medio ambiente promovidas o a crearse desde el Gobierno Nacional, Provincial o

Municipal respectivo. Podrá también constituir Obligaciones Negociables. La Sociedad podrá realizar todos los

trámites que fueren necesarios para operar con la Bolsa o Mercado de Valores de ésta ciudad o de cualquier

otro punto del país y/o del extranjero, pudiendo realizar todos los trámites, actos y contratos que los Estatutos de

las mismas lo permitan. Asimismo podrán realizar todas las actividades que establezcan las normas legales del

Mercado Común del Sur (MERCOSUR) para cuyos fines la sociedad tiene todas las facultades que las mismas

consignan. Finalmente para el cumplimiento del objeto social, la sociedad tendrá plena capacidad jurídica para

adquirir derechos y contraer obligaciones. i) ACTIVIDAD FIDUCIARIA Y ADMINISTRACIÓN DE FIDEICOMISOS

SIN OFERTA PÚBLICA: Actuar como fiduciante, fiduciario, fideicomisario, y beneficiario de fideicomisos sin

oferta pública, administrar y cumplir otros encargos fiduciarios. Finalmente se modifica artículo decimo contrato

social: se prescinde de sindicatura, cesando en sus funciones el Síndico titular Sr. Diego Sosa. Autorizado según

instrumento privado ACTA DE REUNION DE SOCIOS de fecha 10/09/2026.

Damian Maximo Jakim - T°: 79 F°: 284 C.P.A.C.F.

e. 25/09/2026 N° 69971/26 v. 25/09/2026