W20 Argentina W20Argentina

N° 70363/26 Aviso del Boletín Oficial

DROMEX BIOTECH S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS lunes, 28 de septiembre de 2026

Texto del aviso

DROMEX BIOTECH S.A.

CUIT: 30-71237688-7. Se hace saber que mediante Asamblea Extraordinaria del 23/09/2026 se resolvió: modificar

el Art. 3° del Estatuto a tenor del siguiente texto: “La Sociedad tiene por objeto la fabricación, importación,

exportación, compra, venta, permuta y/o distribución de materias primas, productos elaborados o a elaborarse y

toda operación comercial y financiera relativa a los productos químicos veterinarios, medicinales y farmacéuticos,

todo ello por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, no pudiendo realizar las funciones reservadas a las

farmacias. Las actividades que así lo requieran serán llevadas a cabo por profesionales con título habilitante. La

Sociedad no realizará operaciones comprendidas en la Ley de entidades financieras ni aquellas para las cuales

se requiera el concurso público. A su vez, la Sociedad podrá garantizar obligaciones y/o créditos de cualquier

naturaleza asumidos u obtenidos por sociedades controlantes, controladas, vinculadas o sujetas a control común

con la Sociedad, tanto constituidas en la República Argentina como en el extranjero, mediante el otorgamiento

de garantías personales o reales de cualquier naturaleza, incluyendo, sin limitación, fianzas, avales, garantías a

primera demanda, obligaciones solidarias, prendas, hipotecas, cesiones en garantía, fideicomisos en garantía

y cualquier otra caución o garantía permitida por la legislación vigente, pudiendo a tales efectos afectar, gravar

y/o disponer en garantía bienes muebles o inmuebles, registrables o no registrables, créditos, títulos valores,

acciones, participaciones sociales, fondos y cualesquiera otros bienes o derechos de titularidad de la Sociedad,

presentes o futuros. A tales fines podrá celebrar todos los actos, contratos e instrumentos públicos o privados

que resulten necesarios o convenientes para la constitución, modificación, sustitución, ampliación, renovación,

ejecución o cancelación de dichas garantías. A su vez, la Sociedad podrá para el cumplimiento de sus fines,

realizar todos los actos y negocios permitidos por la ley, como también actuar ante la administración pública

y tribunales administrativos y/o de justicia de cualquier fuero o jurisdicción, teniendo plena capacidad jurídica

para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este

estatuto.”. Autorizado según instrumento privado Asamblea Extraordinaria de fecha 23/09/2026.

Nicolas Santurio - T°: 73 F°: 163 C.P.A.C.F.

e. 28/09/2026 N° 70363/26 v. 28/09/2026