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N° 70364/26 Aviso del Boletín Oficial

LABORATORIOS POEN S.A.U.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS lunes, 28 de septiembre de 2026

Texto del aviso

LABORATORIOS POEN S.A.U.

CUIT: 30-50383232-8. Se hace saber que mediante Asamblea Extraordinaria del 22/09/2026 se resolvió modificar

el Art. 3° del Estatuto a tenor del siguiente texto: “La Sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de

terceros o asociada a terceros en cualquier parte de la República o del extranjero a las siguientes actividades:

a) fabricación, elaboración y comercialización de productos químicos, farmacéuticos, médicos, cosméticos,

alimenticios, dietéticos, suplementos alimenticios y/o dietéticos, reactivos y elementos de diagnóstico,

oftalmológicos y de todo otro producto, dispositivo y elemento que se destine al uso y a la práctica de la

medicina, la cosmética, la oftalmología y la salud o la calidad de vida; b) compra, venta, importación, exportación,

comisiones, consignaciones y distribución de productos y/o materias primas del ramo farmacéutico, médico,

químico, cosmético, alimenticio, dietético, suplementos alimenticios y/o dietéticos, reactivos y elementos de

diagnóstico, oftalmológicos y de todo otro producto, dispositivo y elemento que se destine al uso y a la práctica

de la medicina, la cosmética, la oftalmología y la salud o calidad de vida; c) La realización de operaciones

financieras, como ser, otorgamiento de créditos, con o sin garantías reales, aporte de capitales a sociedades por

acciones constituidas o a constituirse y para negocios realizados o a realizarse y la financiación de operaciones

comprendidas en el objeto social. Se excluyen las operaciones comprendidas en el decreto 18061/69 y toda otra

que requiera concurso público, quedando expresamente excluidas las actividades financieras comprendidas en

la Ley de Entidades Financieras (Ley N 21.526); y d) Garantizar obligaciones y/o créditos de cualquier naturaleza

asumidos u obtenidos por sociedades controlantes, controladas, vinculadas o sujetas a control común con la

Sociedad, tanto constituidas en la República Argentina como en el extranjero, mediante el otorgamiento de

garantías personales o reales de cualquier naturaleza, incluyendo, sin limitación, fianzas, avales, garantías a

primera demanda, obligaciones solidarias, prendas, hipotecas, cesiones en garantía, fideicomisos en garantía

y cualquier otra caución o garantía permitida por la legislación vigente, pudiendo a tales efectos afectar, gravar

y/o disponer en garantía bienes muebles o inmuebles, registrables o no registrables, créditos, títulos valores,

acciones, participaciones sociales, fondos y cualesquiera otros bienes o derechos de titularidad de la Sociedad,

presentes o futuros. A tales fines podrá celebrar todos los actos, contratos e instrumentos públicos o privados

que resulten necesarios o convenientes para la constitución, modificación, sustitución, ampliación, renovación,

ejecución o cancelación de dichas garantías. A su vez, la Sociedad podrá para el cumplimiento de sus fines,

realizar todos los actos y negocios permitidos por la ley, como también actuar ante la administración pública

y tribunales administrativos y/o de justicia de cualquier fuero o jurisdicción, teniendo plena capacidad jurídica

para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este

estatuto.”. Autorizado según instrumento privado Asamblea Extraordinaria de fecha 22/09/2026.

Nicolas Santurio - T°: 73 F°: 163 C.P.A.C.F.

e. 28/09/2026 N° 70364/26 v. 28/09/2026