N° 70364/26 Aviso del Boletín Oficial
LABORATORIOS POEN S.A.U.
Texto del aviso
LABORATORIOS POEN S.A.U.
CUIT: 30-50383232-8. Se hace saber que mediante Asamblea Extraordinaria del 22/09/2026 se resolvió modificar
el Art. 3° del Estatuto a tenor del siguiente texto: “La Sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de
terceros o asociada a terceros en cualquier parte de la República o del extranjero a las siguientes actividades:
a) fabricación, elaboración y comercialización de productos químicos, farmacéuticos, médicos, cosméticos,
alimenticios, dietéticos, suplementos alimenticios y/o dietéticos, reactivos y elementos de diagnóstico,
oftalmológicos y de todo otro producto, dispositivo y elemento que se destine al uso y a la práctica de la
medicina, la cosmética, la oftalmología y la salud o la calidad de vida; b) compra, venta, importación, exportación,
comisiones, consignaciones y distribución de productos y/o materias primas del ramo farmacéutico, médico,
químico, cosmético, alimenticio, dietético, suplementos alimenticios y/o dietéticos, reactivos y elementos de
diagnóstico, oftalmológicos y de todo otro producto, dispositivo y elemento que se destine al uso y a la práctica
de la medicina, la cosmética, la oftalmología y la salud o calidad de vida; c) La realización de operaciones
financieras, como ser, otorgamiento de créditos, con o sin garantías reales, aporte de capitales a sociedades por
acciones constituidas o a constituirse y para negocios realizados o a realizarse y la financiación de operaciones
comprendidas en el objeto social. Se excluyen las operaciones comprendidas en el decreto 18061/69 y toda otra
que requiera concurso público, quedando expresamente excluidas las actividades financieras comprendidas en
la Ley de Entidades Financieras (Ley N 21.526); y d) Garantizar obligaciones y/o créditos de cualquier naturaleza
asumidos u obtenidos por sociedades controlantes, controladas, vinculadas o sujetas a control común con la
Sociedad, tanto constituidas en la República Argentina como en el extranjero, mediante el otorgamiento de
garantías personales o reales de cualquier naturaleza, incluyendo, sin limitación, fianzas, avales, garantías a
primera demanda, obligaciones solidarias, prendas, hipotecas, cesiones en garantía, fideicomisos en garantía
y cualquier otra caución o garantía permitida por la legislación vigente, pudiendo a tales efectos afectar, gravar
y/o disponer en garantía bienes muebles o inmuebles, registrables o no registrables, créditos, títulos valores,
acciones, participaciones sociales, fondos y cualesquiera otros bienes o derechos de titularidad de la Sociedad,
presentes o futuros. A tales fines podrá celebrar todos los actos, contratos e instrumentos públicos o privados
que resulten necesarios o convenientes para la constitución, modificación, sustitución, ampliación, renovación,
ejecución o cancelación de dichas garantías. A su vez, la Sociedad podrá para el cumplimiento de sus fines,
realizar todos los actos y negocios permitidos por la ley, como también actuar ante la administración pública
y tribunales administrativos y/o de justicia de cualquier fuero o jurisdicción, teniendo plena capacidad jurídica
para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este
estatuto.”. Autorizado según instrumento privado Asamblea Extraordinaria de fecha 22/09/2026.
Nicolas Santurio - T°: 73 F°: 163 C.P.A.C.F.
e. 28/09/2026 N° 70364/26 v. 28/09/2026