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N° 316/2026 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO.

Edictos Judiciales viernes, 2 de octubre de 2026

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO.

7 - SECRETARÍA NRO. 14

El Juzgado Nacional en lo Penal Economico N° 7, Secretaria N° 14, en la causa N° CPE 782/2024 (8024),

caratulada: “FIDEMAN S.A. Y OTRO SOBRE INFRACCIÓN LEY 22.415” notifica a Cristina Gloria BUCHHOLZ

(D.N.I. N° 11.836.636) mediante publicación de edictos por el término de un día, de lo resuelto por este

tribunal por el pronunciamiento del Reg. Int. N° 316/2026, lo cual se transcribe, en sus partes pertinentes, a

continuacion: “Buenos Aires, 28 de septiembre de 2026. AUTOS Y VISTOS: Para resolver en la presente causa

N° CPE 782/2024 (8024), caratulada: “FIDEMAN S.A. Y OTRO SOBRE INFRACCION LEY 22.415”, del registro

de la Secretaria N° 14, de este Juzgado Nacional en lo Penal Economico N° 7, a mi cargo, y con relacion a la

situación procesal de FIDEMAN S.A. S.A. (C.U.I.T. N° 30-71502658-5), y de Cristina Gloria BUCHHOLZ (D.N.I.

N° 11.836.636) Y CONSIDERANDO: … RESUELVO: I.- SOBRESEER TOTALMENTE a FIDEMAN S.A. (titular de la

C.U.I.T. N° 30 -71502658-5), porque el hecho investigado no encuadra en una figura penal (confr. art. 336, inc.

3° del C.P.P.PN.).II.- SOBRESEER TOTALMENTE a Cristina Gloria BUCHHOLZ (titular del D.N.I. N° 11.836.636),

porque el hecho investigado no encuadra en una figura penal (confr. art. 336, inc. 3° del C.P.P.PN.). III.- HACER

EXPRESA MENCIÓN que la formacion del presente proceso, con relación al hecho mencionado por el punto

anterior, no afecta el buen nombre y honor del que hubiere gozado Cristina Gloria BUCHHOLZ (artículo 336,

“in fine”, del C.P.P.N.). IV.- REMITIR testimonios de las piezas procesales pertinentes al Banco Central de la

República Argentina a fin de que en ese ámbito, se investigue una posible infracción prevista por la ley N° 19.359

y se adopte el temperamento que estime corresponder. V.- SIN COSTAS (articulos 530, 531 y concordantes del

C.P.P.N.). Registrese, protocolicese, notifiquese a la fiscalia interviniente y a la querella mediante notificacion

electronica, y a FIDEMAN S.A. y a Cristina Gloria BUCHHOLZ, mediante publicacion de edictos por el termino de

un dia. Firme, cumplase con lo dispuesto por el punto IV y, fecho, archivese previa digitalizacion. FDO.: JUAN P.

GALVAN GREENWAY, JUEZ. ANTE MI: AGUSTINA A. CINTO, SECRETARIA.”. Secretaría N° 14, 1 de octubre de

2026. JUAN PEDRO GALVAN GREENWAY Juez - AGUSTINA ANDREA CINTO SECRETARIA

e. 02/10/2026 N° 72669/26 v. 02/10/2026