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N° 74600/26 Aviso del Boletín Oficial

INVESTORS LATAM S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA jueves, 8 de octubre de 2026

Texto del aviso

INVESTORS LATAM S.R.L.

CUIT 30718577930. Por acta de reunión de socios del 8.9.2026 se reformó el artículo 3 del contrato social que

quedó redactado así: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia o ajena, o asociada con terceros,

ya sea dentro o fuera del país, a toda clase de servicios, siempre y cuando ellos sean conexos y/o relacionados

de manera directa o indirecta con las actividades del Agente Productor de Agente de Negociación comprendidas

en la Ley de Mercado de Capitales N° 26.831; la provisión y desarrollo de servicios de asesoramiento, búsqueda

de financiamiento, refinanciaciones y negociaciones de deuda; e investigación en el área de la economía,

negocios, comercial, empresarial, comercio exterior y todo tipo de organización, atención técnica, estudios de

mercado, desarrollo de programas de promoción y emprendimientos y la administración de negocios, empresas,

ya sean nacionales o extranjeras, y administraciones públicas, ya sea a nivel nacional, provincial o municipal,

dejando constancia de que en todos los casos el asesoramiento que en virtud de la materia haya sido reservado

a profesionales o técnicos con título o matrícula habilitante será brindado a título personal por aquellos que

especialmente pertenezcan o contrate la Sociedad. Asimismo, la sociedad podrá dedicarse a la prestación

de servicios de gestión, procesamiento, administración, recaudación, percepción, conciliación, distribución y

liquidación de cobranzas y pagos por cuenta y orden de terceros, actuando como agente de cobro y/o de pago,

incluyendo la apertura, administración y operación de cuentas recaudadoras, cuentas controladas, mecanismos

de barrido de fondos, esquemas de distribución o división de pagos (split payments), mandatos de cobranza

y pago, y demás mecanismos destinados a la administración y aplicación de flujos de fondos; a actuar como

mandatario, administrador y gestor de cobranzas, pagos y flujos financieros por cuenta y orden de terceros,

pudiendo recibir, custodiar, administrar, aplicar, distribuir y transferir fondos afectados al cumplimiento de

obligaciones determinadas, siempre en carácter de intermediario operativo y sin captar ahorro público ni realizar

actividades reservadas a entidades financieras; al desarrollo, licenciamiento, administración y explotación de

plataformas tecnológicas, digitales y electrónicas destinadas a vincular oferentes y demandantes de bienes,

servicios, financiamiento, créditos, inversiones, cobranzas y pagos, incluyendo la prestación de servicios de

marketplace, procesamiento de operaciones, conciliación, liquidación, administración de usuarios, gestión

documental y demás servicios conexos; a la adquisición, administración, gestión, negociación, cobranza, cesión,

transferencia, afectación en garantía, securitización privada y explotación económica de créditos, facturas,

facturas de crédito electrónicas, cuentas por cobrar, derechos de cobro, contratos, instrumentos de crédito,

activos financieros y demás derechos patrimoniales, propios o de terceros; a la administración y gestión de

carteras de créditos, cuentas por cobrar y activos crediticios, propios o de terceros, incluyendo la estructuración

de mecanismos de garantía, repago y administración de flujos asociados a dichos activos; a constituir, organizar,

administrar, participar y/o intervenir en fideicomisos de administración, garantía, inversión, cobranza o cualquier

otra naturaleza permitida por la legislación vigente, pudiendo actuar como fiduciante, beneficiario, fideicomisario

y/o fiduciario cuando la legislación aplicable no requiera autorizaciones especiales o previa obtención de las

mismas; y a emitir, librar, aceptar, avalar, negociar, adquirir, descontar, ceder, transferir, endosar y administrar

toda clase de títulos valores, valores negociables, pagarés, cheques, facturas de crédito electrónicas, certificados

de participación, títulos representativos de deuda y demás instrumentos financieros permitidos por la legislación

vigente. A tal efecto, la Sociedad tiene plena capacidad de derecho para realizar cualquier acto jurídico en el país

o en el extranjero, realizar toda actividad lícita, adquirir derechos y contraer obligaciones; realizar inversiones

y aportes de capitales a personas humanas y/o jurídicas y celebrar contratos de colaboración; publicitar sus

servicios en cualquier medio de comunicación; comprar, vender y/o permutar toda clase de títulos, bonos y

valores; aceptar y ejercer toda clase de mandatos y representaciones nacionales y extranjeras, consignaciones,

intermediaciones y gestiones de negocios; tomar y otorgar créditos y realizar toda clase de operaciones

financieras, excluidas expresamente aquellas reguladas por la Ley de Entidades Financieras, la intermediación

financiera, la captación de ahorro público y toda otra actividad que requiera autorización especial no obtenida por

la sociedad. Autorizado según instrumento privado acta de reunión de socios de fecha 08/09/2026

Mariana Mabel Lantaño - T°: 89 F°: 96 C.P.A.C.F.

e. 08/10/2026 N° 74600/26 v. 08/10/2026